REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, 02 de diciembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-020372
Visto el Convenio de Régimen de Convivencia Familiar, presentado para su homologación por la por la abogada YAMILET MENDOZA VILLARROEL, Defensora Pública Décima Tercera de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, en interés y resguardo de los intereses del niño, a solicitud de los ciudadanos XIOMARA ELIZABETH GONZALEZ MENDEZ y RAY ENRIQUE AVENDAÑO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.691.034 y V-14.407.334, respectivamente, este Tribunal lo ADMITE por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 12 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que se requieran. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,

Abg. Sara E. Guardia Soto.
La Secretaria

Abg. Adriana Mireles