JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 14 de diciembre de 2009
199° y 150°
Vista el escrito presentado en fecha siete (07) de diciembre de 2009, por el abogado Ubencio José Martínez Lira, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, en el que contesta al fondo de la querella, este Tribunal observa que a diferencia del proceso civil ordinario, en el recurso contencioso administrativo de nulidad, la decisión respectiva corresponderá a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo al momento de dictar la sentencia definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el aparte 16 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La Juez de Sustanciación,
Belén Serpa Blandín
La Secretaria Accidental,
Mary Carmen Reboredo
BSB/MCR/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2009-000162
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