REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-T-2009-000021


Visto el escrito consignado por el ciudadano GUILLERMO SANGRONIS PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.262.727; en su condición de demandante; asistido por la abogada YENIFER ESCOBAR, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 92.311, contentivo del desistimiento de la presente acción; éste Tribunal le imparte su homologación; en consecuencia, téngase el presente desistimiento como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes. Se da por terminada la presente causa. Archívese el presente expediente y remítase oportunamente al Archivo Judicial Regional.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger Adan Cordero
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