REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripcion Judicial del estado Lara- Carora
Carora, dos de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KH11-X-2007-000008
PARTES EN EL JUICIO:
DEMANDANTE: NEREIDA JOSEFINA RODRIGUEZ MELÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5. 934.693, de éste domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PABLO SEGUNDO RODRIGUEZ, OLLARVES Y DUNNIA RIVAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 17.764 y 25.298.
DEMANDADO ALCIDES ALVAREZ CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5. 936.611, de éste mismo domicilio.
MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES CONYUGALES.

Del escrito de contestación de demanda, expuesto por ALCIDES ÁLVAREZ CARRASCO, asistido por la Abg. MARSIL GOMES TIMAURE; se evidencia la contradicción al dominio común del bien indicado en el Capitulo Cuarto, particular “B”. En lo siguientes términos: no es cierto que se haya habido en la Comunidad Conyugal, una finca denominada ALLSTAR, ubicada en El Asentamiento Campesino El Escobal, Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres Estado LARA, el cual tiene un extensión de cincuenta y una hectárea (51), alinderada de la siguiente manera: Norte: predio Nº EE-14, con vía de por medio, Predio Nº EE-14-A y predio Nº EE-15-A; Sur: Predio EE-23; Este: Predios Nºs EE-14-A, EE-15-A, EE-16-A, y EE-20 Y Oeste,: predio Nº 21 con vía de por medio. Por cuanto que es cierto que vengo ocupando una parcela, esta es Propiedad del Instituto de Tierras (INTI), el cual me otorgó Carta Agraria, para trabajar y proteger mi ocupación; y a lo mismo efectos, obtuve un crédito con el Fondo de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Afines (FONDAFA), por la cantidad de cincuenta Mil bolivares fuertes (50.000,00 Bs.f.)

DISPOSICIONES LEGALES:
Artículo 156 del Código Civil.
Son Bienes de la comunidad:
1.- Los bienes adquiridos a titulo Oneroso durante el Matrimonio, a consta del caudal común, bien se haga la adquisición a nombre de la comunidad o al de uno de los cónyuges.
2.- Los Obtenidos por la industria, profesión, oficio, sueldo o trabajo de algunos de los cónyuges.
3.- Los frutos, rentas o intereses devengados durante el matrimonio, procedentes de cada uno de los cónyuges.

JURISPRUDENCIA
Sentencia Nº 221 de Sala de Casación Civil, Expediente Nº 01-450 de fecha 30/04/2002

... Esta disposición como lo tiene establecido la jurisprudencia de esta Corte, viene a consagrar el principio de que la partición no es traslativo de dominio sino simplemente declarativo de propiedad, ya que mediante la ficción legal allí contenida se presume que el coheredero o el comunero ha adquirido inmediatamente él solo la cosa que le correspondió en la partición...

PRUEBAS SUBSUMIDAS EN RELACIÓN PROCESAL
Demandado: Copia fotostática: Carta Agraria a favor de Alcides Álvarez Carrasco, Carta Orden Nº 587 JMTSYXCT214N, relacionado con crédito otorgado por Fondafa; inspección Ocular practicada por el Tribunal de la causa. Copia certificada del documento autenticado ante la Notaría Pública de CARORA, EL 16 de Noviembre de 2000, bajo el Nº 33, tomo 29.

Motivación
Del análisis de las pruebas aportadas por las partes, deducimos que el controvertido se centra sobre el dominio del inmueble constituido una finca denominada ALLSTAR, ubicada en El Asentamiento Campesino El Escobal, Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres Estado LARA, el cual tiene un extensión de cincuenta y una hectárea (51), alinderada de la siguiente manera: Norte: predio Nº EE-14, con vía de por medio, Predio Nº EE-14-A y predio Nº EE-15-A; Sur: Predio EE-23; Este: Predios Nºs EE-14-A, EE-15-A, EE-16-A, y EE-20 Y Oeste,: predio Nº 21 con vía de por medio. Según Carta Agraria, expedida según Resolución del Instituto Nacional de Tierras Nº 177 del 04 de Febrero, que a su ves fue parte de un lote mayor que perteneció al extinto Instituto Agrario Nacional, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Torres Estado Lara, bajo el Nº 066, folios 093 al 097, protocolo primero, primer Trimestre, del 14 de marzo de 1962. En efecto, es menester considerar que las pruebas aportadas por las partes no fueron desconocidas, objetadas, impugnadas y tachadas, y por ende se consideran fidedignas conforme a los artículos 429 y siguientes del Código del Procedimiento Civil. Por otra parte el demandado está conteste en aceptar que el inmueble sobre el cual discrepa su dominio, auque no es propietario del terreno, le fue entregado por el INTI, para trabajar y ocupar; mas luego la entidad financiera, FONDAFA, le concedió un crédito por un monto de cincuenta Mil bolívares Fuertes. Antes estos eventos quien Juzga, considera que dentro de la confesiones de las partes se evidencia elementos de hechos que sin lugar a dudas encuadran dentro de los extremos del articulo, 156 del Código Civil, y en consecuencia debe entenderse que aunque el animus domini del terreno de la Finca ALSTAR, corresponda al Instituto Nacional de Tierras, los derechos posesorios, biehechurìas y en general los frutos, rentas e intereses, forman parte de la Comunidad Conyugal. En consecuencia, por cuanto la Finca denominada ALLSTAR, ubicada en El Asentamiento Campesino El Escobal, Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres Estado Lara; aunque adquirida el 14 de Marzo de 1962, la Plusvalía, frutos, derechos posesorios, rentas e intereses se declara comprendidos dentro del lapso de comunidad: 27 de Septiembre de 1985, fecha del Matrimonio, y el 4 de Agosto de 2006, fecha de la disolución del vínculo Conyugal; conforme a los extremos citados y por ende perteneciente a la Comunidad Conyugal habida entre ambos ex-cónyuges. Asi se decide

Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la acción de Partición de Bienes Conyugales incoada por NEREIDA JOSEFINA RODRÍGUEZ MELÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.934.693, de éste domicilio; contra ALCIDES ALVAREZ CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5. 936.611, de éste mismo domicilio, de conformidad con el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil; concretamente sobre los derechos posesorios, frutos, rentas, e intereses que se hubiesen generado sobre el inmueble constituido por la Finca denominada ALLSTAR, ubicada en El Asentamiento Campesino El Escobal, Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres Estado Lara, el cual tiene un extensión de cincuenta y una hectárea (51), alinderada de la siguiente manera: Norte: predio Nº EE-14, con vía de por medio, Predio Nº EE-14-A y predio Nº EE-15-A; Sur: Predio EE-23; Este: Predios Nºs EE-14-A, EE-15-A, EE-16-A, y EE-20 Y Oeste,: predio Nº 21 con vía de por medio. Emplácese a las partes para el nombramiento de Partidor. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del Juicio. Notifíquese las partes de conformidad con el artículo 251 ejusdem. Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada por Secretaría de esta sentencia y archívese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 02 de Diciembre de 2009.- Años: 199º y 150º.




El Juez Temporal,

Abg. BENERANDO RODRIGUEZ PIÑERO

El Secretario Titular

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En ésta misma fecha se registró bajo el Nº 507-2009, se publicó siendo las 11.a.m. y se expidió copia certificada para archivo.-

El Secretario Titular

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR