En el día de hoy, (14/ DICIEMBRE /2009), siendo las 10:17 A.M., día fijado por este Juzgado Segundo Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego Y Carlos Arvelo De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, para llevar a cabo la práctica de la medida INNOMINADA decretada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Asunto : AP41-U-2009-000189, la cual ordena: “ PRIMERO: Que en el Expediente N° AP41-U-2009-000189, contentivo del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Recurrente SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, se dictó decisión Interlocutoria s/n, de fecha 29 de Septiembre del año 2009, a los fines de la evacuación de pruebas exhibición de documentos. SEGUNDO: Que se dictó Auto en esa misma fecha, y se ordenó amplia y suficientemente comisionar a ese Despacho, a los fines de que practique la entrega del oficio N° 2009-376, dirigido a la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Valencia de la circunscripción judicial del Estado Carabobo. TERCERO: conforme a lo previsto en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, se acompaña el correspondiente Oficio. Por los intereses de la Alcaldía del Municipio valencia, que contiene la presente causa, se recuerda al juzgado comisionado la vigencia del artículo 237 del Código de Procedimiento Civil (cumplimiento impretermitible) y el artículo 24 de la Ley del Poder Judicial en su ordinal 4° (retardo en el cumplimiento). CUARTO: Que una vez cumplida por usted la presente comisión, se servirá remitirla original, con sus resultas, a este Tribunal, a la mayor brevedad. Se trasladó y constituyó el Juzgado Segundo Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego Y Carlos Arvelo De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, en cumplimento de la comisión conferida y acatando lo previsto en los articulo 237 y 238 de Código de Procedimiento Civil, en la sede de La Alcaldía de Valencia, ubicada en Avenida Henrry Ford C.C Rómulo Betancourt, Parroquia Rafael Urdaneta Municipio Valencia Estado Carabobo, En la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Valencia Estado




Carabobo, de inmediato el tribunal notifica de su misión a la ciudadana: LILISBETH YASMINA BARROS QUINTERO, titular de la cedula de Identidad N° V.7.118.132, quien manifestó ser Asistente del Director de Hacienda e informa que el mismo no ha llegado aún, y hace entrega del oficio N° 2009-376, y quien firma el acuso de recibo. Visto lo anterior el tribunal ordena agregar a los autos constante de un folio útil. El tribunal deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para éste tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Finalmente, cumplida la misión conferida, siendo las (10:25 A.M.), se ordena el regreso del tribunal a su sede natural. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman. ---------
LA JUEZ TEMPORAL
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DRA. ROSSANI AMELIA MANAMÁ INFANTE
LA NOTIFICADA ASISTENTE DE LA DIRECCION DE HACIENDA DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE VALENCIA ESTADO CARABOBO
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LILISBETH YASMINA BARROS QUINTERO, C.I V.7.118.132

LA SECRETARIA
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ABOG. YASMILA FARIA
Comisión N. 3439.09 / Expediente N° ASUNTO AP41-U-2009-000189