República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


En el día de hoy, 15 de diciembre de 2009, siendo las 4:00 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la secretaria titular abogada YULIMAR FONSECA, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 3339, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio RAFAEL EDMUNDO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 48.704, en el inmueble objeto de la medida, constituido por tres (3) locales comerciales, ubicados en la calle 97 ( calle Girardot), Jurisdicción de la Parroquia Candelaria Municipio Valencia del Estado Carabobo, distinguido con el numero cívico 101-64. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano XIAOLONG MO, de nacionalidad china y titular de la cédula de identidad Nro.E-83.210.287, quien quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Sexto de los Municipios de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y manifestó que era el encargado del negocio y que la demandada CHEN SUHONG, se encontraba fuera del país. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio RAFAEL EDMUNDO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 48.704, expone: Señalo al tribunal para ser SECUESTRADO, el inmueble objeto de la medida, constituido por tres (3) locales comerciales, ubicados en la calle 97 ( calle Girardot), Jurisdicción de la Parroquia Candelaria Municipio Valencia del Estado Carabobo, distinguido con el numero cívico 101-64. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley declara SECUESTRADO, el inmueble objeto de la medida, constituido por tres (3) locales comerciales, ubicados en la calle 97 ( calle Girardot), Jurisdicción de la Parroquia Candelaria Municipio Valencia del Estado Carabobo, distinguido con el numero cívico 101-64, y lo deja bajo la guarda y custodia del ciudadano HUSSEIN ALI KLEEB, representado en este acto por el abogado actor RAFAEL EDMUNDO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 48.704, tal y como fue acordado por el Juzgado Comitente. Seguidamente el Tribunal, acuerda habilitar todo el tiempo hábil necesario para




la materialización de la medida, motivado a la gran cantidad de bienes muebles, se hace necesaria la permanencia del tribunal en el inmueble por tiempo indefinido hasta la total desocupación del mismo. Seguidamente el ciudadano XIAOLONG MO, de nacionalidad china y titular de la cédula de identidad Nro. E-83.210.287, asistidos por los abogados MICHAEL NG SHUM y JESUS GARCIA, inscritos en el Inpreabogado bajos los Nros 16.051, 54.657, respectivamente, exponen: Pedimos que sean trasladaos los bienes pertenecientes del arrendatario a un galpón en la avenida 190, Tarapio, Municipio de Naguanagua. Así mismo me reservo los derechos constitucionales y legales que me correspondan o pudieran corresponderme en la presente medida y juicio en mi carácter de notificado, trasladando a mi cuenta y riesgo todos los bienes pertenecientes al arrendatario, los cuales quedan en mi guarda y custodia. Seguidamente el tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 2:30 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ TITULAR EL NOTIFICADO
DRA. MAURICIA GONZALEZ ABOGADOS ASISTENTES



PARTE ACTORA

LA SECRETARIA
ABOG. YULIMAR FONSECA