REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, siete (07) de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º


Nº de expediente: GP02-L-2009-000783
Parte demandante: ANA CECILIA HIDALGO VENTA, titular de la cedula de identidad Nº 8.622.991
Apoderada judicial de la parte demandante: Abogada: HURTADO JIMENEZ MARITZA inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 48.734
Parte Demandada:


Apoderado Judicial de la parte Demandada:
SPEEDY CLEANING C.A

Abogado: KEYNA JIMENEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 125.291


Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy siete (07) de diciembre de 2009, y siendo las2:40pm, comparecieron la ciudadana ANA CECILIA HIDALGO VENTA, titular de la cedula de identidad Nº 8.622.991 en su carácter de demandante y representada por su apoderada judicial HURTADO JIMENEZ MARITZA inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 48.734 y la demandada SPEEDY CLEANING C.A representada en este acto por su apoderado judicial HECTOR CHAVEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 31.492; y en este acto y de común acuerdo y sin apremio y sin coacción de ninguna especie, y bajo la permanente actuación y función mediadora del Juez Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que suscribe esta transacción, expresan su voluntad de querer a través de los medios alternativos de solución de conflictos dar por terminado el presente procedimiento, lo cual hacen bajo las siguientes condiciones: 1ª) LA EX TRABAJADORA acuerda dar por terminado este proceso, y la demandada ofrece en este acto en pagarle a LA EXTRABAJADORA, la suma total, absoluta y global que abarca todo los derechos inherentes a la relación de trabajo (Antigüedad, intereses sobre prestaciones, vacaciones Vencidas 2007 Y 2008, Vacaciones Fraccionadas, Bono vacacional Vencidos 2007 y 2008, Bono Vacacional fraccionado, utilidades Vencidas 2007 y 2008, Utilidades fraccionadas, indemnizaciones establecidas en el articulo 125 de al Ley Orgánica del Trabajo y salarios caídos,) que existió con la ex trabajadora por Bs 25.000,00 pagaderos en dos (2) cuotas, la primera por Bs. 12.500,00 para el día 16 de Diciembre de los corrientes y la segunda cuota por Bs. 12.500,00 para el día 20 de Enero de 2010, ambas a las 10:00 am por ante la U.R.D.D; 2ª) LA EX TRABAJADORA antes identificada ACEPTA el acuerdo Transaccional en los términos aquí establecidos por el monto global establecido y ofrecido por la demandada, por VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00). La empresa se compromete en este acto a realizar la entrega de la 14-03, 14-04 y la constancia de trabajo el día del ultimo pago 20/01/2010; 3º) Ambas partes expresan que con este acuerdo, se darán por terminadas todas las reclamaciones entre ambas, incluyendo como es lógico la contenida en este expediente. El tribunal HOMOLOGA la misma con los efectos de COSA JUZGADA LABORAL en los términos expuestos en el Art. 89.02 del Texto de La Constitución Nacional, Art. 3º de la LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO y 10º y 11º de su Reglamento, y 133 de la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO y dará por terminado el presente procedimiento y se ordenará de igual forma el archivo del expediente respectivo una vez que conste en auto el cumplimiento del acuerdo aquí establecido y se devuelven las pruebas de cada una de las partes. Es nuestra voluntad en los términos expuestos.
LA JUEZ,


LA DEMANDANTE,


LA APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDANTE


EL APODERADO DE LA DEMANDADA,



LA SECRETARIA,