REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciséis de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: GP02-L-2009-000344
Vista la diligencia que antecede, de fecha 08 de Diciembre de 2009, suscrita por el abogado JOENNY ANTONIO SUAREZ GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 102.654, actuando con el carácter de apoderado Judicial de los demandantes, SEVILLA CARLOS ISRRAEL y CARIAS LUIS ALBERTO, titulares de la cédula de identidad N.° 7.021.449 y 15.498.234 respectivamente, mediante la cual Desisten de este procedimiento, contra la demandada VCC VENEZOLANA DE CARTONES CORRUGADOS, C.A. por lo que solicita al tribunal Homologue el Desistimiento en los términos indicados.
Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
Abg. JOSE DARIO CASTILLO S
LA SECRETARIA
Abg. AMARILYS MIESE
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