REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Segundo de Juicio - Cumaná
Cumaná, 17 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004111
ASUNTO : RP01-P-2008-004111



Una vez culminado el juicio oral y Público, actuando como Juez la ABG. RUTH MERY PINERA RAMIREZ, Juez Segundo de Juicio, como Secretario el ABG. ELIZABETH SUAREZ en la causa No. Nº RP01-P-2008-004111, seguida a los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRIGUEZ, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de oficio barbero, nacido en fecha 09-08-1985, titular de la cédula de identidad Nº V-17.909.733, residenciado en: Las Palomas, calle San Antonio, No. 22, cerca del ambulatorio, Parroquia Santa Inés de esta ciudad, LUIS JOSÉ SALAZAR MONTES, venezolano, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de oficio albañil, nacido en fecha 16-07-1987, titular de la cédula de identidad Nº V-19.082.198, residenciado en: las Palomas, Los Apartamentos, 2do. Piso, bloque 20, apartamento N° 20, Parroquia Santa Inés, de esta ciudad y LUIS FELIPE CAMPOS WULMAN, venezolano, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de oficio indefinido, nacido en fecha 26-08-1988, titular de la cédula de identidad Nº V-18.777.642, residenciado en: Las Palomas, Sector San Antonio, calle la Canal, casa S/N, de esta ciudad, cerca del ambulatorio, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Art. 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR, previa acusación penal presentada por la ABG. RITA PETIT Fiscal Tercera del Ministerio Público, este Tribunal Segundo de Juicio, procede a emitir su pronunciamiento, lo cual hace en los términos siguientes:
I
SÍNTESIS DE LO ACONTECIDO DURANTE EL JUICIO

El día de hoy, DIECINUEVE (19) DE NOVIEMBRE del año dos mil ocho (2008), siendo las 09:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Continuación del Juicio Oral y Público en la causa Nº RP01-P-2008-004111, seguida a los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRIGUEZ, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de oficio barbero, nacido en fecha 09-08-1985, titular de la cédula de identidad Nº V-17.909.733, residenciado en: Las Palomas, calle San Antonio, No. 22, cerca del ambulatorio, Parroquia Santa Inés de esta ciudad, LUIS JOSÉ SALAZAR MONTES, venezolano, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de oficio albañil, nacido en fecha 16-07-1987, titular de la cédula de identidad Nº V-19.082.198, residenciado en: las Palomas, Los Apartamentos, 2do. Piso, bloque 20, apartamento N° 20, Parroquia Santa Inés, de esta ciudad y LUIS FELIPE CAMPOS WULMAN, venezolano, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de oficio indefinido, nacido en fecha 26-08-1988, titular de la cédula de identidad Nº V-18.777.642, residenciado en: Las Palomas, Sector San Antonio, calle la Canal, casa S/N, de esta ciudad, cerca del ambulatorio, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Art. 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR. Se constituyó el Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio en la sede de la sala Nº 01, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Actúa como Juez la ABG. RUTH MERY PINERA RAMIREZ, Juez Segundo de Juicio, como Secretario el ABG. ELIZABETH SUAREZ. Verificada la presencia de las partes se deja constancia con el auxilio de los alguaciles de sala ciudadano ERNESTO RODRIGUEZ, Y JESUS COLON, que comparecieron al acto la ABG. RITA PETIT Fiscal Tercera del Ministerio Público, los Acusados FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRIGUEZ, LUIS JOSÉ SALAZAR MONTES y LUIS FELIPE CAMPOS WULMAN, previa comparecencia por traslado, el Defensor Público ABG. JESUS MAIZ, en sustitución de la Defensora Pública Abg. Omaira Guzman (Defensora de los acusados Luís José Salazar Montes y Luís Felipe Campos Wulman), el Defensor Privado ABG. JESÚS GUTIERREZ (Defensor del acusado Franyer José Zapata Rodríguez), la victima JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR, así como los medios de prueba siguientes: los funcionarios policiales LUIS ALBERTO CARVAJAL y RAUL JOSE MONTES ZERPA, no haciendo acto de presencia ningún experto promovido. Se le concede nuevamente el derecho a las partes a los fines de su argumentación, y el tribunal le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, quien se expresó en los términos siguientes:
…“dando una breve reseña de lo acontecido en fecha en fecha 07 de Septiembre del presente mes y año, siendo aprehendidos en flagrancia los ciudadanos antes mencionados, fueron puestos a la orden del Ministerio público, se les solicito Medida Privativa de Libertad, y al presentar acusación se le solicito procedimiento ordinario, por cuanto todo fue en flagrancia y al momento, y es por eso que estamos aquí, demostrare su responsabilidad a través de todos los medios de pruebas ofrecidos y admitidos en su oportunidad. Es por lo que solicito ante usted, que se haga cumplir lo establecido en el COPP con respecto a la obligación de los medios de pruebas ante este Juicio Oral y Público a los fines de demostrar la responsabilidad de estos ciudadanos, y hacerlo comparecer los medios de pruebas mediante la fuerza pública, mi pedimento a esta apertura es que ubique a todos lo testigos mediante la fuerza pública y que los ubiquen con toda la antelación debida, en cuanto a los funcionarios también se les cite con antelación, le pido dedicación y cautela en cuanto a la citación debida, solicito que se haga justicia. Es todo”…
Culminada la intervención de la representante del Ministerio Público se le concedió el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. Jesús Maíz, quien expuso:
…“La defensa en su oportunidad debida, manifestó que los hechos no ocurrieron de modo tiempo y circunstancia como lo manifestó la Fiscal del Ministerio Público, ella a manifestado que la presunta víctima, que fue objeto de un atraco que lo pasaron a la parte trasera del vehiculo, y que el mismo aprovechando la oportunidad se lanza del vehículo e informa a un funcionario que casualmente venia pasando, no obstante la víctima en la presente causa, ciudadano José Gregorio Salazar manifestó en esta sala que realizo una carrera a unos ciudadanos para dirigirse a la calle Cochabamba estaban hablando por teléfono los ciudadanos, y manifestó en esta sala que el se puso nervioso lanzándose de dicho vehículo y que en ningún momento este fue traspasado o ubicado en la parte trasera del vehículo, por ese mismo estado de nerviosismo es que se lanza, luego no esta configurado elementos modo señalado por la fiscal del ministerio público, en tal sentido la ley que rige la materia cuando habla de Robo de Vehiculo Automotores en su artículo 5 establece que por medio de violencia y amenaza de causar daños inminente hacia una persona, se apodere de un vehículo automotor con el propósito de obtener provecho para si o para otro Sig…. Donde esta configurada la violencia o la amenaza? Cuando la víctima manifestó que se puso nervioso y salio del vehiculo, en ningún momento salio amenazado por los justiciables de marras, por lo tanto no configurándose el modo, tiempo y lugar, tampoco se comprobó la existencia de dicho delito, dicho estos argumentos la defensa solicita para los justiciables de marras Luís José Salazar Montes y Luís Felipe Campos que la decisión que vaya a tomar este Tribunal sea la de una sentencia absolutoria por los argumentos aquí explanados. Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la Defensa Privada: Oído lo explanando por el ministerio público la defensa difiere de sus argumentos, tanto en los hechos como en el derecho, de igual forma manifestó la representación del Ministerio público que la víctima se lanza del vehículo, la defensa tienen una inquietud, si a criterio del Ministerio Público lo pasaron apara tras como se lanza la víctima y no pasa nada? En lo que manifestó con respecto a la petición de justicia, esta defensa la comparte, siempre y cuando existen elementos de convicción para estimar que mi defendido Frayer Zapata es autor de dicho delito, esta defensa demostrara que en ningún momento estuvo amenazada la vida de la víctima, por lo dicho por la misma y la cual comparte esta defensa, de igual menara demostrare que no se dan los supuestos del artículo 5 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, es por lo que solicito a este Tribunal que al momento de decidir si existe alguna duda durante este debate solicito favorezca a mi defendido, la defensa comparte el criterio de la fiscal en cuanto a que este atento a los medios de pruebas, por cuanto es un tribunal unipersonal y va a estar de acuerdo con todas las declaraciones, es por tal motivo que demostrare la no culpabilidad de mi defendido, y en tal razón la absolución del mismo. Es todo”…
Acto seguido, la Juez impone a los acusados del precepto constitucional de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 5, quienes manifestaron no querer declarar.
Cumplida con estas formalidades de seguidas sed dio inicio a la evacuación de los testigos en la forma siguiente:
• Funcionario LUIS ALBERTO CARVAJAL, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolano, de 39 años de edad, Cédula de identidad N° 10.952.993, con domicilio en la ciudad de Mariguitar, de profesión u oficio Sargento segundo del IAPES, quien manifestó: …“eso fue un día Domingo yo me encontraba en la unidad, escuchamos por la radio a un compañero solicitando apoyo, que iba en persecución de un vehiculo, como estábamos cerca del sitio nos trasladamos al llegar no recuerdo la calle exactamente el compañero iba en persecución de los muchachos, el se quedo agarro a un menorcito y los demás siguieron corriendo, lo seguimos por la copita, le dimos la voz de alto y ellos acataron, procedimos a realizar la revisión corporal no encontrándole nada encima y le indicamos que se montara en la unidad, nos trasladamos donde estaba el compañero motorizado con el menor, le indicamos al conductor que estaba herido, el indico a los ciudadanos, lo llevamos a un ambulatorio y luego trasladamos a estos ciudadanos al Comando para luego al CICPC. Es todo. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga de la siguiente manera: ¿recuerda la fecha y hora de los hechos? Fecha exacta no recuerdo, pero la hora eran como las 6:30 de la mañana, un día Domingo ¿En que tipo de Unidad se encontraba usted? En un vehículo, en la unidad patrullera ¿Cómo se da cuenta usted que se esta suscitando un hecho en la calle Cochabamba? Por radio, el iba en persecución del vehiculo hacia esa zona, yo me encontraba cerca y me acerque al sitio ¿Fue vía radial que se entera? Si, el llamo a la central para que le enviara apoyo ¿Escucho a través de la radio a su compañero decir que iba en persecución de un vehiculo? Exactamente ¿Le aportaron las características del vehiculo? Si ¡cuales? Fiat Uno color gris las lacas no las recuerdo ¿Cuándo usted escucha ese llamado hacia donde se dirigió usted? Hacia donde dijo el compañero que iba en persecución, salio de las palomas hacia Cochabamba ¿Cuándo llegan al sitio que es lo primero que vez? Al compañero se quedo con el adolescente, y los demás siguieron corriendo en la unidad lo seguimos y le dimos la voz de alto por la copita lo revisamos y lo metemos en la unidad ¿Cuántos funcionarios iban en la unidad? Cuatro auxiliar mas a parte de mi ¿Cuándo llegan al sitio ya el vehiculo fue recuperado? Sui, ellos lo dejaron abandonado y salieron corriendo ¿Por qué el funcionario que los llamo se queda? Tenía al menorcito, por eso ¿Y estaba solo? Si ¿Qué edad aproximada tenia el menor? Como 11 años aproximados ¿Era un varón o hembra? Varón ¿Cuándo el funcionario le indico usted vio a los sujetos corriendo? Si ¿A cuantos? A tres ¿Usted fue en persecución de ellos? Todos menos el conductor ¿Cuántos funcionarios fueron en persecución? Conmigo cuatro ¿Recuerda los nombres? No recuerdo eran mis auxiliares yo era el comandante de la unidad ¿A que altura le dan captura? A la altura del edificio de la copita, ahí le dimos la voz de alto ¿Cuántas distancia hay aproximada desde donde empezó a perseguir y donde le dieron la voz de alto? Como a una cuadra para salir a la copita, al estacionamiento, como un kilómetro de la Cochabamba a la copita donde dejaron el vehiculo abandonado ¿Cuántas personas detuvieron? A tres ¿Puede indicar como están vestidas? Se deja constancia que el funcionario identifico a los acusados como los que fueron aprehendidos ¿Ese procedimiento fue reciente? No hace mucho ¿Cuándo ustedes le dan la voz de alto lo introducen en la patrulla? Lo revisamos y luego a la patrulla ¿Y luego que hicieron? Lo trasladamos a donde estaba el otro compañero con el menor y ahí la víctima lo reconoció ¿usted vio al conductor del vehículo? Exacto ¿Hombre o mujer? Hombre ¿Esa persona se mostró nervioso al momento de indicarle que estos eran los sujetos que le habían robado? Si señora ¿Según su experiencia noto seriedad al momento que la víctima le informara que estas personas le estaban robando? Exactamente ¿Cree usted que la víctima simuló haber sido robada ese día? La Defensa lo objeto, la Fiscal dice que los funcionarios reciben un entrenamiento para saber si una persona miente o no, por eso se llama funcionarios policiales, y son instruidos en ese tipo de relación, le pregunte por cuanto pudo haber percibido si la víctima estaba mintiendo o no y la Juez la declaro sin lugar la objeción, y el funcionario contestó: en ningún momento, yo lo observe a como estaba el todo ensangrentado no iba a estar disimulando ¿En algún momento la víctima le manifestó ser amigo de las tres personas que están aquí? No ¿Y enemigo? Dijo que no los conocía que estaba haciendo una carrerita. Es todo. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, quien interroga de la siguiente manera: ¿Recuerda la fecha? La fecha exacta no recuerdo pero fue un día domingo como a las 6 o 6.30 AM ¿Para el momento de los hechos donde se encontraba usted cuando recibe la llamada? Iba en la patrulla no recuerdo el nombre exacta de la calle ¿En algún momento su compañero le indico la direccion exacta? El le indica por radio que venia saliendo de las palomas y se encontraba por la calle Cochabamba ¿Cómo tiene conocimiento usted de los hechos? Mi compañero necesitaba apoyo iba en la moto e iba en persecución de un vehículo ¿usted donde se encontraba? Cercano al sitio en una patrulla ¿Cuántos compañeros iban con usted? En la patrulla iban cuatro compañeros mas ¿Hasta donde se dirigen ustedes? Hacia la zona donde dijo mi compañero, no soy de Cumana ¡desconoce el Sector? No, por que nosotros patrullamos todos los días a la ciudad ¿Usted vio a su compañero correr detrás del muchacho? Exactamente ¿El niño que hacia en el lugar de los hechos? Venia en el vehiculo con los muchachos ¿Usted vio el niño en el vehiculo? No lo vi, cuando venia ya el compañero lo tenía ¿Este niño se encontraba en compañía del funcionario? Si, los otros se fueron corriendo el niño también corrió pero se escondió en un quisquito ¿Cómo le consta que iba un nuño? Por que el conductor reconoció al niño que también venía ¿Dónde estaba el vehiculo en ese momento? Lo dejaron abandonado en esa calle ¿Usted vio a la víctima? Si ¿Qué tipo de heridas tenía? Herida en la nariz, boca, de los golpes ¡el manifestó que le dieron golpes? Si ¿Estaba sangrando? Si ¿Usted converso con la victima? No mucho, luego de haber aprehendido a los ciudadanos nos trasladamos hacia donde estaba el otro funcionario con el menor, y tambien estaba la víctima, ese fue el momento que hable con la victima, llegue a ese sitio me baje de la unidad y el compañero me dijo este es el conductor, y ahí fue y le indique que se apersonara a la unidad para ver si eran los muchachos y el dijo que si, y con el niño ¿Usted no llego a detenerse cuando la víctima sale del carro? No, yo llegue vi a los muchachos en veloz carrera y salí en persecución de ellos luego cuando ya los traíamos, el compañero tenía al menor, y pregunte cual era la victima, y luego le dije a la víctima si eran estos ciudadanos que lo robaron y manifestó que si ¿Quién hace la aprehensión? Mi persona con los auxiliares ¿Quién lo aprenden? Nosotros cuatros le dimos la voz de alto yo le dije a mis compañeros que le hicieran la revisión, lo trasladamos a la unidad y luego lo trajimos para donde estaba el otro funcionario, el menor y la víctima ¿ustedes lo identificaron en el sitio? Le tomamos los nombres, y luego en el Comando hicimos todo lo demás le llenamos la planilla ¿Cuándo ustedes aprenden esta persona donde estaba el vehículo? En la calle Cochabamba ¿Y el conductor donde se encontraba? Ahí mismo ¿A cuantos metros de distancia se encuentra el vehículo, la víctima y a donde agarraron a los muchachos? Tuvimos que correr como una cuadra ¿Le encontraron algún interés criminalística? No. Es todo. Es todo. Seguidamente Pregunta la Defensa Privada: ¿Qué tiempo tiene usted? 17 años ¿Y laborando en la ciudad de Cumana? 4 años ¿Dónde queda el sector Cochabamba? Detrás del Comando, cerca del sector de la copita ¿Dónde queda las palomas? Al frente del sector del Terminal de pasajero ¿Usted se comunico con el otro funcionario que iba a dar apoyo? Si ¿Dónde se encontraba usted cuando usted escucha la radio? Me encontraba cerca ¿Qué tan cerca? Por ahí por la Gran Mariscal ¿En que tiempo llega usted al sitio de los hechos? Eso fue rápido, ese Día Domingo no había mucho carro, fue tempranito en la mañana ¿En el momento que usted llega al sitio de los hechos se encontraba el funcionario que pidió auxilio? Si ¿Ese funcionario fue en persecución de los tres ciudadanos? Dejo la persecución por que agarro al niño, lo que seguimos la persecución fuimos nosotros ¿En principio el iba en persecución de los ciudadanos? Exactamente ¿Cuándo usted llega al sitio de los hechos antes de la persecución que le manifestó la víctima? No, hable con el después que aprendimos a los ciudadanos y lo traemos para el lugar donde estaba la víctima ¿Quién custodiaba la unidad? El conductor ¿Cuántas personas estaban en la unidad? Seis, cuatro auxiliares mi persona y el conductor ¿Cinco personas van en persecución? Si señor, por la copita lo agarramos, y fue que lo trasladamos al sitio donde estaba el conductor, y ahí el conductor los reconoció ¿Le leyeron los derechos? Si, en el sitio le leímos algunos, y en el Comando y lo pusimos a firmar ¿Le informaron por que estaba detenidos? Si señor, por atracar al taxista ¿Qué le robaron al taxista? Según nada por el indicó que era la primera carrera que iba hacer ¿Al conductor no le robaron nada? El indico que era la primera carrerita que iba hacer ¿En el momento que usted lo llevan al sitio de los hechos habían testigos presénciales? Claro que si habían gentes de mas ¿Y usted agarro a esas personas para que sirviera de testigos? Nosotros no, mi compañero si, nosotros solo salimos en persecución de los muchachos, cuando llegamos al sitio estaba el niño, el compañero y la víctima, la víctima manifestó que lo metieron abajo ¿Lo metieron abajo? En el piso ¿A usted le consta? No ¿El niño fue detenido? Retenido momentáneamente ¿Cuándo fue dejado en libertad? No le se decir. Es todo. Pregunta la Juez: ¿Tiene conocimiento del hecho via radio? Si, el llamo al comando general pidiendo apoyo y respondemos a ese llamado, cuando llegamos al sitio ya estaba activada la persecución ¿En que momento el le hace señas de las personas que están corriendo? El nos indica y nosotros seguimos ¿El chofer los siguió en la unidad? Si señora ¿Al momento de darle la voz de alto ustedes se identificaron? Si ¿Y a los ciudadanos? Yo le dije a mis compañeros que les tomara los nombres ¿Opusieron resistencia? No ¿El primer contacto con el conductor? Cuando nos trasladamos con los detenidos donde estaba el vehiculo ¿Luego que la víctima identifico a estos ciudadanos que hace? Lo trasladamos al comando, le dijimos a la víctima que fuera a un ambulatorio y luego al comando para poner su denuncia.
• Ciudadano MONTES ZERPA RAÚL JOSE, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolano, de 30 años de edad, Cédula de identidad N° 14.284.404, con domicilio en la ciudad de avenida las palomas de esta ciudad, de profesión u oficio Funcionario Policial, quien manifestó: yo me desplazaba el día 07_09-08 por la avenida las palomas paso un vehiculo fiat gris en veloz carrera le doy la voz de alto hacen caso omiso, procedo a la persecución vía radial informo al comando pidiendo apoyo el mismo se dirigía hacia ala avenida Cochabamba en un muro de contención el vehiculo se detiene en ese momento sale una persona de sexo masculino vociferando y me dijo que estaba en su vehiculo lo despojaron y que lo habían agredido, al frenar al vehiculo en el muro salio 4 individuo y ala unidad de apoyo salio en persecución y yo agarre a uno de ellos aparcados en un kiosco y a pocos minutos aparecieron los otros funcionarios con los otros tres, y luego los llevamos al comando hacer lo correspondiente. Es todo. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga de la siguiente manera: ¿Recuerda la fecha y la hora de los hechos? El siete de septiembre como a la 6.35 AM un día Domingo ¿En que tipo de unidad se encontraba? En una mota ME 154, me encontraba uniformado ¿usted estaba solo o acompañado? Me encontraba solo en ese momento ¿A que altura ver usted pasar a veloz carrera el vehículo Fiat color gris? A la altura de la florida ubicada en la avenida las palomas ¿Cuándo usted ve ese vehiculo Fiat color gris usted pudo darle alcance cerca con la moto? Le di alcance para darle la voz de alto, y me hicieron caso omiso entonces radie y se desplazaron ¿Usted iba detrás de ello e hicieron caso omiso? Luego de ponerme al lado de ello y darle la voz de alto ellos aumentaron la velocidad ¿Por qué motivo se detiene ese vehiculo? Se consiguieron el paso cerrado, se detuvieron ¿Cuándo se detienen que sucede? Los mismos emprende la huida, mi persona hace la persecución con la unidad de apoyo al mando del funcionario Carvajal ¿Le dio darle captura a uno de ellos? A uno ¿Adolescente o adulto? Adolescente ¿específicamente donde queda atascado ese vehículo? No sabría decir el nombre del sector ¿La víctima estaba en ese sitio? Cuando salio vociferando del vehiculo como a 10 metros ¿En que momento logra ver a la victima? Cuando el vehiculo va a Cochabamba el vehiculo se detienen y sale la víctima y estaba herido, y es que procedo a perseguir al vehículo, ella se bajo del vehículo y el vehículo siguió ¿Luego es que se consiguen con el muro de contención? Si ¿Qué le dijo la víctima al momento que se le acercó? Que le prestara la ayuda ya que los ciudadanos que se encontraban en el vehículo le quitaron el vehículo y lo habían agredido ¿usted observo a la víctima herida ese día? Manchas de sangre en la cara pero no se donde tenia los golpes ¿Ese día la unidad de apoyo que se presento le dio aprehensión a los demás sujetos que salieron corriendo? Si ¿A cuantos a partes del adolescente? Cuando regreso la unidad habían tres ¿usted recuerda a esos tres detenidos? Si ¿Están presentes en sala? Si, se deja constancia que el funcionario señaló a los acusados ¿Cuánto tiempo tiene usted como funcionarios del IAPES? 5 años. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, quien interroga de la siguiente manera: ¿Al momento de los hechos donde se encontraba? Venia por la avenida las palomas ¿Dónde venia usted? En una moto ¿Cuándo usted venia desplazándose que paso? El vehículo Fiat palio color gris a veloz carrera ¿A que velocidad aproximada venía? Como 100 kilómetros por hora ¿A que velocidad venia usted? Normalmente como a 20 o 10 kilómetros por hora ¿usted pudo ver a las personas que venían en el vehiculo con una actitud sospechosa? Vi movimientos irregulares en la parte interna del vehículo ¿Qué hace usted? Proceso a perseguirlo para darla la voz de alto, acelere mi moto, yo iba detrás de ello pitándole me puse al lado y le di la voz de alto y aceleraron ¿Y usted también acelero? Si, luego de la persecución ¿Venían como a la misma distancia? Si ¿Hasta que altura se hace la persecución del vehículo, donde culmina? Por Cochabamba, la calle no se como se llama ¿Una vez que termina dicha persecución que pasa? Ellos huyen y yo procedo a perseguirlo corriendo sin la moto, y es cuando detengo a uno de ellos ¿El que usted detienen era mayor o menor? Menor de edad ¿Y el carro donde se encuentra? Cerca de la persona que yo detuve el menor de edad ¿Y el conductor? Había quedado como a 10 kilómetros, en la misma persecución el salió del vehículo ¿Vio salir a la víctima del vehículo a esa velocidad? Si ¿Usted hablo con la victima? Al momento que el salio del vehículo si ¿Qué le manifestó? Que lo ayudaran que lo habían agredido y que le quitaron el vehículo ¿En algún momento le manifestó si profirieron amenazas en contra de el? No ¿le manifestó que lo iban a atracar? Que lo agredieron y le quitaron el vehículo ¿Quién venia manejando el vehículo? Desconozco ¿Dónde es encontraban los imputados cuando el carro se detienen? Exactamente no se donde se encontraban ¿En que momento hace la llamada de radio? Antes de detener al menor ¿Cuándo llegan la unidad? Al momento que se detiene el vehículo que ellos emprenden la huida ¿Cuántos funcionarios llegaron? No recuerdo ¿Quién aprehenden a los ciudadanos? Estaba al mando del funcionario carvajal, no se lo demás ¿Después que conversa con la víctima que hace usted? Procedo a revisar el vehículo. Es todo Seguidamente Pregunta el Defensor Privado, de la siguiente manera: ¿En el momento que usted va en persecución también iba la unidad de apoyo? No ¿Usted observo si alguno de ellos se encontraban armados? No ¿Cuándo usted detiene al menor a que distancia lo detiene del vehículo? Como a 5 metros ¿Y cuando usted va en persecución donde deja al menor? Yo me mantuve en todo momento con el ¡usted no salio en persecución de los otros individuos? No fue la otra unidad ¿En que tiempo llega la unidad de apoyo al sitio de los hechos? Llego al momento que se detuvo el vehículo y ellos salieron del vehículo huyendo ¿Cuándo llega la unidad de apoyo era visible los ciudadanos que huyeron? Si ¿Cómo se encontraban vestidos? No recuerdo ¿Y la víctima? No recuerdo ¿Recuerda la placa? No ¿Y el numero de la unidad patrullera? La 0106 ¿Cuántos funcionarios iban dentro de la unidad? No recuerdo ¿Pudo visualizar quien iba conduciendo el vehículo? No ¿En el momento que usted iba custodiando el vehículo que tiempo llega la unidad de apoyo? Como 5 minutos ¿Qué tiempo paso la unidad de apoyo con la víctima en el lugar de apoyo? La unidad se regreso con los detenidos ¿Qué tiempo paso en el sitio cuando se encontraron? Como 3 minutos ¿Usted tuvo contacto con el que dirigía la unidad de apoyo? Después ¿En el sitio de contacto? No ¿Quién le indica que esas personas estaban detenidas? Yo observe la unidad ¿Cómo llega esa unidad al sitio? Me prestaron apoyo ¿Por qué llega con esas tres personas? Por que fueron los que efectuaron la persecución ¿Estuvo la víctima en contacto con esa unidad de apoyo? Si vi que hablaron pero no se ¿A que distancia se encontraba usted con la unidad de apoyo? Me encontraba cerca ¿Tuvo conversación con el jefe de la unidad? Estaba pendiente con el detenido que yo tenia y por mi seguridad ¿Dónde se lleva al adolescente? En la unidad policial ¿Dentro de la unidad habían otros funcionarios? No recuerdo quienes eran ¿Quién le abre la unidad para introducir al menor? Otro funcionario ¿Los funcionarios que comandaba la unidad estaba uniformado? Si ¿Qué rango tenia? Sargento 2 ¿Ustedes le leyeron los derechos a estas personas? Al momento no ¿Usted le informo por que detuvieron a estos ciudadanos? Yo no por que yo no los detuve ¿Usted le informo al adolescente por que iba detenido? Si ¿Qué le manifestó? Que estaba detenido por que iba dentro del vehículo que era hurtado ¿Qué le dijo el adolescente? Nada ¿Cómo estaba vestido? No recuerdo ¿Habían testigos presénciales? Uno ¿habían muchas personas en el sitio de los hechos? No ¿usted estuvo conversación con esa persona? No recuerdo ¿Dónde se encontraba? Cerca del vehículo ¿habían algunas casas por ahí? Si ¿Qué tiempo pasaron ahí? Después que los detuvimos como 3 minutos ¿Quién le informa a la superioridad de los hechos? Quien le puede informar si no sabe de los hechos ¿Usted llego al comando con los detenidos? Yo no. Es todo. Pregunta la Juez: ¿Qué fue lo que le llamo la atención para darle la voz de alto? La forma irregular en la parte interna y el exceso de velocidad ¿Cuándo da la voz de alto que pasa? Hicieron caso omiso ¿En que momento sale la persona vociferando? A escaso kilómetros en que recorta el vehículo por el muro de contención ¿De donde sale? De la parte trasera del vehículo ¿Recuerda de que puerta? Derecha del lado del copiloto ¿Esta segura que usted vio esa persona salir de la parte trasera del vehículo? Si, lo vi salir de la parte trasera ¿Condiciones físicas? Manchas de sangres de la cara ¿Estaba alterado o tranquilo? Lo vi alterado ¿Qué manifestó cuando usted se detiene? Que lo ayudara que le habían quitado el vehículo y lo habían agredido ¿En que momento tuvo comunicación por radio? Antes de que se bajara el señor ya yo estaba pidiendo apoyo ¿Cuándo llega el apoyo que hacia usted? Detrás de los mismos me detuve a detener a uno de ellos, estaba en persecución ¿Seguía la comunicación por radio? Si ¿Cómo sabe las personas a quien detener? Cuando ellos llegan observan cuando los ciudadanos salen del vehículo y proceden a la persecución ¿El sargento que iba comandando la unidad iba un chofer? Si ¿Habían otros funcionario? Si habían otros funcionarios ¿Ellos salieron junto con el comandante de la unidad a la persecución? Si ¿En que momento se le une la víctima? El se acerco hacia mi y me comunico que ese era uno de ellos ¿Para ese momento ya usted esta seguro que ese era la víctima? Si, fue al que estaba vociferado. Es todo”…
• Experto JAIRO LUIS COVA MAESTRE, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolano, de 31 años de edad, Cédula de identidad N° 13.498.815, con domicilio en la ciudad de Cumaná, de profesión u oficio Funcionario adscrito al CICPC, quien manifestó: …“En fecha 08/09/2008, me comisiono la superioridad para hacer una inspección junto con Oliver Figueras, realice una experticia de reconocimiento y avalúo real, a un vehiculo marca fiat, modelo uno, clase automóvil, tipo sedan, color plata, placas BBM-39C, año 2006, al momento de la peritación estaba en regular estado de uso y conservación, avaluado en treinta mil bolívares fuertes, el cual presento el serial de carrocería y de motor, se encontraban en su estado original. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien no interroga al experto. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, quien no interroga al experto. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Privada, quien no interroga al experto.”..
• Testigo (Victima) JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolano, de 37 años de edad, Cédula de identidad N° 11.383.336, con domicilio en la ciudad de Cumaná, de profesión u oficio Construcción, quien manifestó: en esa oportunidad yo iba a marina plaza, venia de llevar una carrera, los muchachos me paran y me piden la carrera a las palomas, después me dijeron que iban a buscar a un amigo, cuando íbamos en la vía a la playa, yo me puse nervioso, porque pensé que me iban a hacer algo y me tire del vehiculo, al tirarme me di unos golpes, me di por la oreja y por la frente, mas nada. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga de la siguiente manera: ¿recuerda la fecha de los hechos? R) no recuerdo; ¿la hora? R) no recuerdo; ¿de noche o de mañana? R) de mañana; ¿Cuántas personas lo abordan? R) cuatro; ¿cuatro hombres? R) si; ¿usted le aviso a la policía? R) si, le hice cambio de luz; ¿al hacerle cambio de luz a la policía ellos lo siguieron? R) no se, porque yo seguí; ¿Cuándo vuelve a ver a la policía? R) en el comando; ¿Qué le dijo la policía? R) que recuperaron el carro; ¿Cómo llego al comando? R) uno de los policías me llevo; ¿Dónde estaba usted? R) venia caminado, pidiendo auxilio; ¿Qué le dijo al policía? R) yo le pedí ayuda a un señor mayor y el me golpeo pensando que lo iba a atracar; ¿le tomaron acta de entrevista? R) no; ¿nunca? R) no se; ¿declaro en la policía? R) me tomaron declaración; ¿Qué declaro? R) sinceramente no recuerdo; ¿eso fue este año o el pasado? R) este año, primera vez que me pasa; ¿ese día detallo las personas que lo robaron? R) no recuerdo; ¿estaba muy nervioso? R) si; ¿ellos le dijeron que no los mirara? R) si, estaba nervioso, ellos venían hablando por teléfono, me asuste y me tire del carro; ¿les vio armas de fuego? R) ellos no sacaron armas de fuego. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, quien interroga de la siguiente manera: ¿Qué tan nervioso estaba? R) los vi hablando mucho por teléfono y me asuste; ¿su estado de nerviosismo fue porque ellos hablaban por teléfono? R) si; ¿recuerda que tipo de llamada hacían? R) no se, ellos llamaban; ¿en algún momento las personas que traía en su vehiculo lo amenazaron? R) no; ¿en algún momento le indicaron que usted era objeto de un robo? R) no; ¿en algún momento fue pasado del puesto del conductor a la parte trasera del vehiculo? R) no; ¿usted se lanzo del carro por su estado de nerviosismo? R) si; ¿las heridas fueron producto de que? R) cuando me lance del carro; ¿al lanzarse del carro, que paso con el vehiculo? R) yo me lance y el carro siguió hasta que se paro; ¿a que distancia? R) no se; ¿Cuándo se levanta del suelo, habían funcionarios al rededor? R) no, había un señor mayor que me golpeo; ¿en que momento llegan los funcionarios? R) no recuerdo; ¿Cuántos funcionarios llegan? R) dos; en algún momento le dijo a los funcionarios que había sido objeto del robo R) no. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Privada, quien interroga de la siguiente manera: ¿el vehiculo era de su propiedad? R) no; ¿en algún momento cuando sintió el miedo que dice, ellos le dijeron a usted o mi defendido le manifestó que eso era un atraco? R) no; ¿Cuántas personas habían dentro del vehiculo? R) cuatro; ¿en que sitio se lanza del vehiculo? R) al pasar un policía acostado; ¿en que lugar? R) no recuerdo; ¿en algún momento del trayecto, cruzaron alguna violencia o intimidación para con usted? R) no; ¿fue despojado ese día del vehiculo? R) no, yo me lance porque estaba nervioso; ¿durante el trayecto de la carrera que hacia, usted en algún momento fue pasado de asiente o cambiado? R) no; ¿usted le manifestó a funcionarios que había sido objeto de violencia? R) no, cuando me caí fue que me raspe; ¿al lanzarse del vehiculo y lesionarse, quien llego a su auxilio? R) nadie, paso una persona y le dije que me llevara y el me golpeo pensando que iba a robarlo; ¿le robaron algo en el día de los hechos? R) no; ¿le entregaron el vehiculo? R) a mi no al dueño; ¿el día de los hechos, se lo entregaron? R) no, quedo retenido; ¿Por qué tomo una aptitud de nerviosismo? R) primera vez que me pasó eso; ¿sacaron algún objeto contundente, arma? R) no; ¿estuvo amenazada su vida? R) no. Es todo. Se hace pasar a la sala al ciudadano Testigo RAMÓN ANTONIO PINTO SALAZAR, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolano, de 47 años de edad, Cédula de identidad N° 8.436.368, con domicilio en la ciudad de Cumaná, de profesión u oficio Obrero, quien manifestó: ese día yo me encontraba en la calle Cochabamba, donde resido, en una bodega de nombre el kiosco azul y viene un carro a alta velocidad y atrás unos funcionarios, se torció en la vía y salen corriendo unos muchachos hacia la calle la florida, y el menor de ellos se escondió en unos árboles pequeños, el funcionario se bajo y lo agarro y al rato vino una patrulla con otros funcionarios, luego apareció el taxista y los agentes pidieron unos testigos, yo me presente, fui a declarar en el comando y ahora estoy aquí. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga de la siguiente manera: ¿recuerda la hora y la fecha de los hechos? R) en el transcurso de la mañana; ¿estaba en la calle Cochabamba? R) eso es correcto; ¿vio pasar un vehiculo a alta velocidad? R) si; ¿Qué vehiculo? R) un fiat; ¿Cuándo ve el fiat pasar a alta velocidad, donde se detiene? R) el venia de frente para acá, cerca de la casa de la negra, el carro se coleo y salen los muchachos corriendo; ¿venia un motorizado tras de ellos? R) si; ¿las personas que se bajan del vehiculo, salen corriendo juntos? R) si, hacia la otra calle y el menorcito se escondió allí en unas matas; ¿recuerda usted cuantas personas eran? R) aproximadamente como cinco; ¿de esas que salen corriendo, una venia manejando? R) si, por supuesto; ¿luego llego la victima, bañada en sangre? R) si; ¿llego una patrulla con los sujetos detenidos en la otra calle? R) eso es correcto; ¿la victima llego sola? R) no, en un vehiculo con otras personas; ¿Qué eran los detenidos? R) no; ¿vio a la victima de cerca? R) yo lo conozco; ¿ese taxista que le dijo ese día? R) le pregunte que pasó y me dijo que lo atracaron, lo golpearon y lo dejaron botado; ¿noto al taxista nervioso? R) si, estaba un poco alterado; ¿y le dijo que lo habían atracado? R) si, que lo golpearon; ¿le dijo que le dieron una paliza? R) si; ¿usted después vio a la victima? R) cuando fui a declarar; ¿sabe si lo amenazaron? R) no se. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, quien interroga de la siguiente manera: ¿Dónde se encontraba usted para el momento de los hechos? R) en el kiosco azul de la calle Cochabamba; ¿Qué hacia allí? R) tomándome un jugo; ¿Cómo estaba allí? R) de frente a la avenida y de espalda al mismo; ¿en que dirección venia el vehiculo? R) de frente a donde yo estaba; ¿ve el vehiculo de frente? R) eso es correcto; ¿Cuántas personas venían en el vehiculo? R) aproximadamente cinco personas; ¿visualizo las características de la persona que venia en el vehiculo? R) exactamente no, con la velocidad que salieron; ¿Quiénes salieron? R) las cinco personas; ¿cinco personas incluyendo a la victima? R) no, la victima vino después; ¿estas cinco personas que dice aproximadamente salen del vehiculo a donde se dirigen? R) unos a la calle la florida y el menorcito se queda allí; ¿y el vehiculo? R) quedo en la vía; ¿en que momento se apersona la victima? R) posteriormente que las personas salen corriendo, llego en un vehiculo; ¿el venia en un vehiculo policial? R) no; ¿a parte de la victima, cuantas personas venían en el vehiculo donde venia la victima? R) dos personas; ¿siempre estuvo en el, kiosco? R) me moví al sitio del suceso; ¿as que distancia esta la bodega del lugar de los hechos? R) unos sesenta metros; ¿ya había entonces dos vehículos? R) si; ¿hablo con la victima? R) ya que lo conozco, si; ¿en que momento aparece la patrulla? R) al rato, veinte a veinticinco minutos; ¿en algún momento la victima le manifestó que fue objeto de amenaza? R) no; ¿en algún momento la victima le manifestó que fue golpeado por alguien? R) por los que le quitaron el vehiculo; ¿el se lo dijo? R) si, el señor llego ensangrentado; ¿pero le dijo por quien fue golpeado? R) si, por los que lo atracaron; ¿la patrulla policial, llego con las personas que supuestamente fueron aprehendidas? R) si, por las personas que salieron corriendo; ¿esas personas fueron reconocidas por la persona que fungió como victima? R) si. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Privada, quien interroga de la siguiente manera: ¿le consta que hubo un atraco? R) me lo manifiesta el taxista; ¿le consta que a alguna persona lo despojaron de un vehiculo? R) viendo lo sucedido, es lógico que lo despojaron; ¿Cómo se encontraba vestido para el día de los hechos? R) franela, pantalón y zapatos; ¿de que color? R) no recuerdo; ¿tenia gorra? R) no; ¿Cómo estaba el día? R) claro, era de día; ¿Cómo vestían las personas que salen del carro? R) zapatos, pantalón y camisa; ¿de que colores? R) no recuerdo los colores, para la fecha actual no tengo esa lucidez; ¿reside cerca del kiosco? R) si; ¿a que distancia? R) unos ochenta meteros; ¿observo quien conducía el vehiculo? R) no; ¿Cómo vestía la victima? R) el color de la ropa, no recuerdo, tenía sus zapatos, su pantalón y su camisa; ¿el pantalón era corto o largo? R) no recuerdo; ¿Qué características tenia el vehiculo donde llega la victima? R) si mal no recuerdo, un malibu blanco; ¿después de salir corriendo el carro quedo solo? R) solo no, porque varias personas nos acercamos; ¿Qué tiempo paso el carro allí? R) allí mismo llego la policía; ¿Quién llega primero al sitio donde estaba el vehiculo? R) el funcionario que lo viene siguiendo; ¿en que tiempo? R) fracciones de segundo, lo venia siguiendo; ¿la moto los siguió? R) no se quedo allí resguardando el vehiculo, allí se quedo uno; ¿Qué tiempo paso el funcionario allí? R) como veinte minutos; ¿posteriormente llego la victima? R) si; ¿el que venia en la moto estaba solo o con otro funcionario? R) solo; ¿en que tiempo llega la patrulla? R) de veinte a veinticinco minutos aproximadamente; ¿a que hora fue eso? R) recuerdo que fue de mañana, estaba claro el tiempo; ¿en la unidad patrullera cuantos funcionarios llegan? R) aproximadamente tres o cuatro, sin meter al de la moto; ¿a que distancia se ubico del vehiculo? R) como a dos metros; ¿el maluibu blanco estaba allí? R) si, del otro lado; ¿y las personas que venian en el? R) si; ¿y usted? R) al lado del carro0; ¿Qué hacia allí? R) lo conozco; ¿vio a las personas de la patrulla? R) no, ellos estaban cabeza abaja; ¿y la victima entra en la patrulla? R) no, se lo llevan en un taxi a la medicatura forense; ¿Qué taxi? R) el que el venia manejando; ¿se fue solo? R) no con un funcionario; ¿y el malibu? R) se fue; ¿y usted donde se quedo? R) me fuio en una moto a rendir declaración; ¿en ese momento? R) después que se normaliza la cosa y se llevan a los detenidos; ¿Cuántos funcionarios lo llevan a usted? R) uno; ¿el de la moto? R) si; ¿solo? R) si; ¿A dónde lo lleva? R) al comando; ¿Qué tiempo pasa allí? R) media hora; ¿a que hora sale? R) con exactitud no se; ¿el funcionario estaba de civil? R) no uniformado; ¿ese día escucho disparos? R) cuando venían los que se trajeron el carro, el funcionario hizo un disparo; ¿recabaron un arma de fuego? R) no; ¿la victima le manifestó si estuvo en peligro su vida? R) me manifestó la victima que lo habían robado; ¿le dijo si estuvo en peligro su vida? R) no. Es todo.
Terminada la evacuación de los testigos, el tribunal procedió a la incorporación previa su lectura de los siguientes documentos:
• Experticia real
• Inspección al vehiculo, y
• Sitio del suceso
Seguidamente se procedió a la apertura del lapso de conclusiones, concediéndosele la palabra a la ciudadana para las Conclusiones a la FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, quien expuso:
…“al ministerio publico le ha quedado claro que estos tres son culpables del robo de vehiculo, el va en su carro y le hace cambio de luces a los funcionarios policiales y con la inmediatez le hace cambio de luce y estos comenzaron la persecución y estos sujetos que tripulaban el mismo y no hicieron caso a los funcionarios y el es único que le hizo frente a los imputados y que pudo frenar el vehiculo y se lanzo, es cuando llego un señor y observo, se deja claro que la victima manifestó que sentía nerviosa y se tiro del carro y es totalmente falso lo que nos quieren hacer ver que el carro corrió solo, a el lo llevaban en la parte trasera del vehiculo, sometiéndolo y es, totalmente falso que la victima se lanzo y eso quedo claro con la declaración del testigo. Todos los funcionarios fueron contestes, en sus declaraciones, la victima se puso nerviosa porque lo pasaron para la parte trasera y lo imputados hacían llamadas telefónicas, es decir esta dado todo para verificar el robo, la conducta desplegada por estos imputados era robarse el vehiculo, puesto que estos se hubieran parado cuando se les dio la voz de alto por parte de los funcionarios policiales, del testigo ramos, también se videncia que esta conteste en su dicho, ellos tuvieron que darse cuenta que ellos estaban realizando un delito y estaban en flagrancia porque desde la comisión del delito incluso de la declaración del testigo que lo único que dijo era que el estaba muy nervioso y ellos le dijeron que no los miraran por supuesto que tenia que estar asustado por las consecuencias es por todo lo anterior y por estar contestes los testigo es por lo que solicito sentencia condenatoria por robo de vehiculo a los imputados. es todo”…
Posteriormente se le concede la palabra a la DEFENSA PÚBLICA, para que exponga sus conclusiones o alegatos finales, quien expuso:
…“la defensa al inicio de este debate ha venido reiterando, que no se dieron los supuestos de tiempo, lugar y modo, en la comisión del delito, estamos hablando de un robo de vehículos. ¿ quien venia conduciendo el vehiculo,? la victima o los imputados de marras, la fiscal ha manifestado que el funcionario policial que es el motorizado, dijo que en esta sala que pudo avistar distante a un vehiculo, se le pregunto aproximadamente a que distancia, quien manifestó que venia a 100 kilómetros por y horas y manifestó que vio a las personas se encontraban en nerviosismo, fue cuando el funcionario condujo la moto y actuó por que pensó que estaba pasando algo, que presuntamente estaban presentando conducta de nerviosismo, pero no pudo ver quien venia conduciendo el vehiculo, y se pregunta esta defensa que como estaban haciendo llamadas telefónicas y se va a lanzar del vehiculo, y se iba a lanzar corriendo a esa velocidad, se hubiera matado, es obvio quien venia manejando el vehiculo era la victima, y este se lanzo cuando tuvo la oportunidad, cuando dice ¿ estaba nervioso y me lance?, eso le pueda pasar a una persona que lo van a atacar, pero en ningún caso esta persona, se vio en peligro ni se vio amenazad su vida y de las declaraciones del testigo y del funcionario no se concatena con el delito y que nunca se probo quien venia conduciendo el vehiculo, nunca se le incauto a mis defendidos nada que evidenciara robo, y la victima se lanzo del carro, no probándose ni el delito de robo ni de lesiones, no queda mas que solicitar una absolutoria en virtud de que no se probo, el modo, lugar y tiempo de los hechos. Es todo.”…
Por último se le concedió el derecho de palabra a la DEFENSA PRIVADA, quien expuso:
…“quedo evidentemente demostrado en esta sala que mi defendido FRANYER JOSE ZAPATA, en los hechos que narró el ministerio publico, por no quedar evidentemente la responsabilidad del mismo modo debió haber pedido la absolutoria, la victima que es la parte agraviada, aun cuando la fiscal manifiesta que fue una comiquita de los imputados. Expusieron, nunca, como presumimos que la victima estuvo en peligro, cuando en ningún momento manifestó que lo pasaron a la parte de atrás del vehiculo, ¿quien iba conduciendo el vehiculo?, la victima ha manifestado en esta sala que el iba conduciendo el vehiculo, cuando se le pregunto quien iba manejando el vehiculo y manifestó que no manifestó, ¿el testigo estuvo presente cuando le dijeron a la victima que se pasara para el asiento de atrás?, no solo es un testigo referencial, lo dice es a mi me dijeron, igualmente dice la representación fiscal los funcionarios policiales que fueron contestes pero considero que fueron contradictorios en cuanto a lo manifestado y el procedimiento realizado no pudieron demostrar que hubo un hecho punible, yo me pregunto cual fue la participación de mi defendido en los hechos, no se logro probar el grado de responsabilidad de mi defendido, de los testigos no se desprende la culpabilidad de mi defendido, no se pudo probar quien venia manejando el vehiculo, la victima en ningún momento manifestó que lo agredieron, que pusieron peligro su vida, no se dio la intimidación por lo que no están dados los supuestos para que haya delito. Ratifico que la fiscalia debió haber pedido absolutorio, ratifico mi petición de que mi defendido no es culpable del delito, por cuanto quedo demostrada para esta defensa que mi defendido no tubo nada que ver con el delito y solicito absolutoria. Es todo.”…
Acto seguido la ciudadana Juez Presidente da por concluido el lapso de las conclusiones, y procede a la apertura del derecho de replica, por lo que se le concede la palabra a la ciudadana FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, quien expone:
…“visto las conclusiones de los defendidos, si no se sabe que conducía el vehiculo eso no es causa para una absolutoria, parece haber una confusión en los delitos es importante que vean la calificación del delito, todos andaban en el vehiculo todas se bajaron del vehiculo, esto quedo corroborado como fue despojado la victima, como no se supo quien conducía, eso no es motivo de absolutoria, ¿que el funcionario Monte manifestó, que la victima manifestó en esa oportunidad yo iba a Marina Plaza y dijo los muchachos me paran, después me dijeron que iban a buscar aun a migo y se montaron yo me puse nervioso y me lance, cuando dice la defensa ¿la victima, a nunca dijo que era un atraco y la victima se pone nervioso por la forma que lo constriñen, cunado dicen que no se pone en peligro la vida, me permito hacer referencia al caso del taxista evangélico que se lo sellaron y lo mataron a Dios gracias en esta casa si hubo procedimiento policial en ese momento en este caso hubo una participación inmediata de la de los funcionarios policiales, la comisión policial estuvo en la fase de ejecución y consumación del delito. Cuando dice que no se demostró, el modo, lugar y tiempo, de delito, claro que si se dieron desde el mismo momento que la victima le hizo cambio de luz y por su puesto que estos se dieron cuenta de la situación y los siguieron, cuando dice que la declaración del funcionario no se concatena. No dijo la defensa en que no se concatena todo esta visto. En cuanto a la replica del acusado Franyer Zapata. Cuando su defensa dice tenemos diversidad de delitos todos los testigos referenciales, no pueden ser iguales, este es un testigo referencial porque solio ver que pasaba algo por allá, a hora supongamos delito de homicidio y dice yo vi. Cuando Pedro Pérez mato a fulana, es decir que de acuerdo a las circunstancia que se pruebe un delito es importante no jugar con englobar delitos y cada circunstancia de cada delito puedan haber circunstancia iguales pero los delitos son diferentes, se debe medir las circunstancias de modo, lugar y tiempo. La situación de ellos esta claro que afortunadamente para la víctima esta clara, fue robado, que la violencia quedo desvirtuada, que no que desvirtuada, eso quedo bien claro en la sala de audiencia donde quedo probada con los testigos, estos 3 sujetos fueron avistados, por funcionarios, que actuaron en flagrancia como quedo demostrado en el acta de control, es por lo que el fiscal acusa por robo, por lo que solicito sentencia condenatoria a los acusados de autos.
Seguidamente se le concedió el derecho de palabra para la REPLICA a la DEFENSA PUBLICA, quien expuso:
…“punto previo de esta contrarréplica solicita que olvide lo manifestado en cuanto a lo manifestado sobre el caso del evangélico por parte de la fiscal, no vamos a condenar a unas personas por que el taxista pensó o presumió que lo podían atracar, pero la defensa se pregunta ¿cuando pasaron a la victima hacia atrás del vehiculo? , ¿Quien lo vio?, ¿los vieron los testigos referenciales?, ¿lo vieron los funcionarios policiales,? ¿quien dijo aquí que lo golpearon?, el dijo que se puso nervioso por que venían hablando por celulares, pero ¿quien vió? , ¿quien lo declaro? quien lo dejo?, los funcionarios si ciertamente realizaron un procedimiento, pero aquí nadie dijo que lo estaban golpeando, no se puede condenar a una personas por el solo hecho que la fiscal diga que un testigo referencial dijo, no cuando la propia víctima desvirtuó todo lo que el mismo dijo, por lo tanto la sentencia debe ser absolutoria y si ocurre otra citación invoco el principio pro reo, para mis defendidos.
Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la DEFENSA PRIVADA, quien expone:
…“aún cuando para esta defensa esta claro que mi defendido no estuvo involucrado en el delito, quiero, manifestar que en materia de violación no existen testigos presénciales, así como ella manifestó que hubo muchos casos que causaron conmoción trajo como referencia a caso que paso en Mariguitar y hubo testigos presénciales en acto de violación y fue condenado por los testigos. ahora al testigo en esta caso se le pregunto, si ocurrió lo que decía, ósea que quien agarra un taxi es para atracar, manifiesta la fiscal que es presencial y narro un hecho presencial de que, pudo presenciar quien conducía el vehículo ¿no verdad, es testigo referencia solo dijo el testigo a mi me dijo la victima, pero nunca manifestó que fue objeto de un robo, pero por que la fiscal no leyó las respuestas de la defensora por que ahí se demuestra que no fue despojado del vehiculo, el se lanzo, no fue objeto de maltrato, no estuvo en peligro su vida, por lo antes expuesto solicito la absolución de mi defendido tomando en cuenta las que ratifico las atenuantes de ley”…
Concluido el lapso para hacer uso de la replica por parte de la Fiscal y de la contra replica hechos por el Defensor y en este último estado de la causa, se le concede la palabra a los ACUSADOS, previa imposición del precepto constitucional contenido en el Ordinal 5º del Art. 49 de la Constitución Nacional, quienes manifestaron …“ No deseamos declarar”…
Este tribunal una vez, concluido el lapso para las conclusiones, replica y contrarreplica, procede a pronunciarse, al fondo del asunto, lo cual hace en los siguientes términos:

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO PARA DECIDIR

Del análisis y valoración de las pruebas aportadas por las partes durante el juicio oral y público, se desprende lo que sigue:

1. Que el día 07-09-2008, el ciudadano JOSE GREGORIO SALAZAR, conductor del vehiculo vehiculo Fiat, modelo uno, clase Automóvil, Tipo sedan, color plata, Placas BAG-800, hacía una carrera como taxista a los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRÍGUEZ, LUÍS JOSÉ SALAZAR MONTES y LUÍS FELIPE CAMPOS WULMAN.
2. Que los mencionados ciudadanos, una vez dentro del indicado vehiculo y luego de haber recorrido cierta distancia, procedieron a someter al ciudadano JOSÉ GREGORIO SALAZAR, diciéndole que era un atraco.
3. Que esas personas tenían como finalidad, despojar a dicho ciudadano del mencionado automóvil.
4. Que al momento de sucederse los hechos, el conductor del vehiculo salto del mismo, siendo avistado por un Funcionario Policial que se trasladaba en una moto por el sector.
5. Que luego de la situación suscitada los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRÍGUEZ, LUÍS JOSÉ SALAZAR MONTES y LUÍS FELIPE CAMPOS WULMAN, tomaron el vehiculo pretendiendo emprender la huída siendo alcanzados por varios funcionarios policiales.
Estos hechos quedan demostrados, con las declaraciones de los ciudadanos LUÍS ALBERTO CARVAJAL, MONTES ZERPA RAÚL JOSÉ, JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR, RAMÓN ANTONIO PINTO SALAZAR cuando manifiestan lo siguiente:
Funcionario LUIS ALBERTO CARVAJAL, quien manifestó:
…“eso fue un día Domingo yo me encontraba en la unidad, escuchamos por la radio a un compañero solicitando apoyo, que iba en persecución de un vehiculo, como estábamos cerca del sitio nos trasladamos al llegar no recuerdo la calle exactamente el compañero iba en persecución de los muchachos, el se quedo agarro a un menorcito y los demás siguieron corriendo, lo seguimos por la copita, le dimos la voz de alto y ellos acataron, procedimos a realizar la revisión corporal no encontrándole nada encima y le indicamos que se montara en la unidad, nos trasladamos donde estaba el compañero motorizado con el menor, le indicamos al conductor que estaba herido, el indico a los ciudadanos, lo llevamos a un ambulatorio y luego trasladamos a estos ciudadanos al Comando para luego al CICPC. Es todo”…
Ciudadano MONTES ZERPA RAÚL JOSÉ, quien manifestó:
…“yo me desplazaba el día 07-09-08 por la avenida las palomas paso un vehiculo fiat gris en veloz carrera le doy la voz de alto hacen caso omiso, procedo a la persecución vía radial informo al comando pidiendo apoyo el mismo se dirigía hacia ala avenida Cochabamba en un muro de contención el vehiculo se detiene en ese momento sale una persona de sexo masculino vociferando y me dijo que estaba en su vehiculo lo despojaron y que lo habían agredido, al frenar al vehiculo en el muro salio 4 individuo y a la unidad de apoyo salio en persecución y yo agarre a uno de ellos aparcados en un kiosco y a pocos minutos aparecieron los otros funcionarios con los otros tres, y luego los llevamos al comando hacer lo correspondiente. Es todo. Es todo”…
Ciudadano JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR (Victima), quien manifestó:
…“en esa oportunidad yo iba a marina plaza, venia de llevar una carrera, los muchachos me paran y me piden la carrera a las palomas, después me dijeron que iban a buscar a un amigo, cuando íbamos en la vía a la playa, yo me puse nervioso, porque pensé que me iban a hacer algo y me tire del vehiculo, al tirarme me di unos golpes, me di por la oreja y por la frente, mas nada. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga de la siguiente manera: ¿recuerda la fecha de los hechos? R) no recuerdo; ¿la hora? R) no recuerdo; ¿de noche o de mañana? R) de mañana; ¿Cuántas personas lo abordan? R) cuatro; ¿cuatro hombres? R) si;”… ¿usted le aviso a la policía? R) si, le hice cambio de luz ¿estaba muy nervioso? R) si; ¿ellos le dijeron que no los mirara? R) si, estaba nervioso, ellos venían hablando por teléfono, me asuste y me tire del carro; ¿les vio armas de fuego…
Ciudadano RAMÓN ANTONIO PINTO SALAZAR, quien manifestó:
…“ese día yo me encontraba en la calle Cochabamba, donde resido, en una bodega de nombre el kiosco azul y viene un carro a alta velocidad y atrás unos funcionarios, se torció en la vía y salen corriendo unos muchachos hacia la calle la florida, y el menor de ellos se escondió en unos árboles pequeños, el funcionario se bajo y lo agarro y al rato vino una patrulla con otros funcionarios, luego apareció el taxista y los agentes pidieron unos testigos, yo me presente, fui a declarar en el comando y ahora estoy aquí. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga de la siguiente manera: ¿recuerda la hora y la fecha de los hechos? R) en el transcurso de la mañana; ¿estaba en la calle Cochabamba? R) eso es correcto; ¿vio pasar un vehiculo a alta velocidad? R) si; ¿Qué vehiculo? R) un fiat; ¿Cuándo ve el fiat pasar a alta velocidad, donde se detiene? R) el venia de frente para acá, cerca de la casa de la negra, el carro se coleo y salen los muchachos corriendo; ¿venia un motorizado tras de ellos? R) si”…
Declaraciones que al ser adminiculadas a la declaración del Experto JAIRO LUIS COVA MAESTRE, Funcionario adscrito al CICPC, quien da por reconocida las características del vehiculo objeto de la actuación delictual, cuando expresa lo siguiente:
…“En fecha 08/09/2008, me comisiono la superioridad para hacer una inspección junto con Oliver Figueras, realice una experticia de reconocimiento y avalúo real, a un vehiculo marca fiat, modelo uno, clase automóvil, tipo sedan, color plata, placas BBM-39C, año 2006, al momento de la peritación estaba en regular estado de uso y conservación, avaluado en treinta mil bolívares fuertes, el cual presento el serial de carrocería y de motor, se encontraban en su estado original. Es todo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien no interroga al experto. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Pública, quien no interroga al experto. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa Privada, quien no interroga al experto.”…
Las declaraciones testimoniales antes transcritas, al ser adminiculadas a la declaración del experto JAIRO LUIS COVA MAESTRE y a las documentales incorporadas en el juicio, Experticia real, Inspección al vehiculo y Sitio del suceso, dan por reconocida y probada, la intención de los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRÍGUEZ, LUÍS JOSÉ SALAZAR MONTES y LUÍS FELIPE CAMPOS WULMAN, de despojar a la victima ciudadano JOSÉ GREGORIO FRANCO SALAZAR, del vehiculo Fiat, modelo uno, clase Automóvil, Tipo sedan, color plata, Placas BAG-800, que era conducido por él, al momento de suscitarse los hechos, actuación con la que si bien no lograron el fin último, como lo era el de apoderarse del mencionado vehiculo, generándose la tentativa en el delito, lo que no quita la antijuricidad a ese hecho y cuya perpetración quedó plenamente demostrada en juicio, este tribunal considera necesario acoger la calificación primaria hecha por el Ministerio Público en su acusación, como lo es, el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 05 de la Ley Sobre el hurto y robo de vehículos automotores, pero en grado de tentativa, cambio de calificación jurídica que se permite realizar este Tribunal, tomando en cuenta, que está deducción lógica que la conlleva a tomar esta decisión en los términos antes señalados, deviene del examen exhaustivo de las pruebas aportadas en juicio, lo cual realizó una vez culminado el debate oral y público, sin que ello pueda constituir una violación al derecho constitucional a la defensa de las partes o al debido proceso, si se toma en cuenta que el delito por el cual deben ser condenados los acusados es de menor entidad y por ende de menor pena, por lo que en consideración a lo antes señalado, este Tribunal concluye, que los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRÍGUEZ, LUÍS JOSÉ SALAZAR MONTES y LUÍS FELIPE CAMPOS WULMAN, deben ser declarados culpables por la comisión del delito antes señalado, a quienes debe aplicarse la pena que conforme a la Ley le corresponde a este tipo de delito. Así se decide.

DISPOSITIVA

Por Todo lo anteriormente expuesto, Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PUNTO PREVIO: de conformidad a sentencia vinculante y reiterada del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 03/05/2005 con ponencia del Magistrado Héctor Coronado Flores en pleno conocimiento de la presente decisión en ningún momento esta produciendo lesión alguna en el derecho a la defensa, acuerda el cambio de calificación jurídica de Robo de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores; por el delito de Tentativa de Robo, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y robo de Vehículo Automotores, en razón de ello RESUELVE: Se declaran CULPABLES a los ciudadanos acusados FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRIGUEZ, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de oficio barbero, nacido en fecha 09-08-1985, titular de la cédula de identidad Nº V-17.909.733, residenciado en: Las Palomas, calle San Antonio, No. 22, cerca del ambulatorio, Parroquia Santa Inés de esta ciudad, LUIS JOSÉ SALAZAR MONTES, venezolano, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de oficio albañil, nacido en fecha 16-07-1987, titular de la cédula de identidad Nº V-19.082.198, residenciado en: las Palomas, Los Apartamentos, 2do. Piso, bloque 20, apartamento N° 20, Parroquia Santa Inés, de esta ciudad y LUIS FELIPE CAMPOS WUELMAN, venezolano, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de oficio indefinido, nacido en fecha 26-08-1988, titular de la cédula de identidad Nº V-18.777.642, residenciado en: Las Palomas, Sector San Antonio, calle la Canal, casa S/N, de esta ciudad, cerca del ambulatorio, de esta ciudad; por la comisión del delito de Tentativa de Robo, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores en perjuicio del ciudadano José Gregorio Franco Salazar.- En consecuencia este Tribunal a los fines de calcular la pena a imponerse a los identificados ciudadanos considera: que el delito de de Tentativa de Robo, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores tiene una pena de 6 a 7 años de prisión.- Es así y acordando con lugar la aplicación de las atenuantes solicitadas por las Defensas de los acusados, previstas en el artículo 74 numerales 1 y 4 del Código Penal, toda vez que el procesado FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRÍGUEZ no registran antecedentes penales; y los procesados LUIS FELIPE SALAZAR MONTES y LUIS FELIPE CAMPOS WUELMAN son menores de 21 años, se le aplica el termino mínimo de la pena a aplicar, es decir seis (06) años de prisión.- En razón a ello se CONDENA a los ciudadanos FRANYER JOSÉ ZAPATA RODRIGUEZ, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de oficio barbero, nacido en fecha 09-08-1985, titular de la cédula de identidad Nº V-17.909.733, residenciado en: Las Palomas, calle San Antonio, No. 22, cerca del ambulatorio, Parroquia Santa Inés de esta ciudad, LUIS JOSÉ SALAZAR MONTES, venezolano, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de oficio albañil, nacido en fecha 16-07-1987, titular de la cédula de identidad Nº V-19.082.198, residenciado en: las Palomas, Los Apartamentos, 2do. Piso, bloque 20, apartamento N° 20, Parroquia Santa Inés, de esta ciudad y LUIS FELIPE CAMPOS WUELMAN, venezolano, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de oficio indefinido, nacido en fecha 26-08-1988, titular de la cédula de identidad Nº V-18.777.642, residenciado en: Las Palomas, Sector San Antonio, calle la Canal, casa S/N, de esta ciudad, cerca del ambulatorio, de esta ciudad por la comisión del delito de Tentativa de Robo, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y robo de Vehículo Automotores en perjuicio del ciudadano José Gregorio Franco Salazar, a cumplir una pena definitiva de SEIS (06) AÑOS de prisión.- Se condena a las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal y al pago de las costas procesales, tal como lo señala el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal. Se establece como centro de reclusión el Internado Judicial de esta Ciudad de Cumana donde se remitirá boleta de encarcelación anexo a oficio; se establece el año 2014 como fecha provisional en la que la presente condena finalizará. Dado firmado y Sellado en la Sala de audiencias del Circuito Judicial, Penal del Estado Sucre. A los trece (13) días del mes de enero del dos mil nueve (2009).-
JUEZA SEGUNDO DE JUICIO (S)

ABOG. ROSSIFLOR BLANCO DE GIL
SECRETARIA

ABOG. ELIZABETH SUAREZ