REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 29 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-003061
ASUNTO: RP11-P-2008-003061


EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON DETENIDOS


Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de fecha 18-12-2008, por el procedimiento de Admisión de los Hechos dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos NICOLAS ANTONIO HERNANDEZ CRESPO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.627.726, nacido en fecha 31-12-1981, de 28 años de edad, de profesión u oficio Pescador, estado civil: Soltero, hijo de Nicolás Antonio Hernández y Paula Carmen Crespo, y domiciliado en la Urbanización la Salina, calle Nº 03, Casa Nº 04, Frente a la PTJ, de Playa Grande, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, ROBERTO JOSÉ DÍAZ BRAVO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.540.238, nacido en fecha 09-10-1985, de 23 años de edad, de profesión u oficio Albañil, estado civil: Soltero, hijo de Roberto Antonio Díaz (D) y Celsa Bravo, y domiciliado en Calle Principal, Casa S/N, cerca de la playa del sector el silencia (50Mts) de la comunidad de Guiria de la Playa, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, WILLIAMS ALEXANDER PRADA AMUNDARAIN, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.385.855, nacido en fecha 28-12-1980, de 27 años de edad, de profesión u oficio: Albañil, estado civil: Soltero, hijo de Félix Prada y Kaka Amundarain, y domiciliado en calle Carúpano, casa S/N, al Final de Canchunchu Viejo, cerca de la bodega “los Tres hijos”, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre y ÁNGEL FÉLIX ZORRILLA UGAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.923.359, nacido en fecha 15-03-1974, de 34 años de edad, de profesión u oficio Albañil, estado civil: Casado, hijo de Guillermo Zorrilla y Ángela Mercedes Ugas, y domiciliado en Calle Principal casa Nº 136 de Canchunchú Nuevo, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Segundo y Último Aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, más las accesorias de ley, que prevé el artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
Es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, procede a su ejecución, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con los artículos 480, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, bajo los siguientes términos:
PRIMERO: Los penados NICOLAS ANTONIO HERNANDEZ CRESPO, ROBERTO JOSÉ DÍAZ BRAVO, WILLIAMS ALEXANDER PRADA AMUNDARAIN y ÁNGEL FÉLIX ZORRILLA UGAS, plenamente identificados, están detenidos desde el día 28/08/2008 según consta en Acta Policial cursante al folios 03 de la presente causa, hasta el día de hoy 29/01/2009, por lo que tiene una pena física cumplida de CINCO (05) MESES y UN (01) DÍAS DE PRISIÓN, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES y VEINTINUEVE (29) DÍAS DE PRISIÓN, la cual se cumplirá en fecha 28-08-2011.
Los referidos penados podrán optar a la Suspensión Condicional de la Pena, si cumplen con los requisitos exigidos en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal y a las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena de:

DESTACAMENTO DE TRABAJO: al cumplir la ¼ parte de la pena, es decir, al cumplir NUEVE (09) MESES, en el presente caso será para la fecha 28-05-2009.

RÉGIMEN ABIERTO: al cumplir la 1/3 parte de la pena, es decir, UN (01) AÑO, en el presente caso será para la fecha 28-08-2009.

LIBERTAD CONDICIONAL: al cumplir las 2/3 parte de la pena, es decir, DOS (02) AÑOS, en el presente caso será para la fecha 28-08-2010.

CONFINAMIENTO: al cumplir las 3/4 parte de la pena, es decir, DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES, en el presente caso será para la fecha 28-11-2010.
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con los artículos 480, 493 y 494 todos del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia de fecha 18-12-2008, por el procedimiento de Admisión de los Hechos dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos NICOLAS ANTONIO HERNANDEZ CRESPO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.627.726, nacido en fecha 31-12-1981, de 28 años de edad, de profesión u oficio Pescador, estado civil: Soltero, hijo de Nicolás Antonio Hernández y Paula Carmen Crespo, y domiciliado en la Urbanización la Salina, calle Nº 03, Casa Nº 04, Frente a la PTJ, de Playa Grande, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, ROBERTO JOSÉ DÍAZ BRAVO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.540.238, nacido en fecha 09-10-1985, de 23 años de edad, de profesión u oficio Albañil, estado civil: Soltero, hijo de Roberto Antonio Díaz (D) y Celsa Bravo, y domiciliado en Calle Principal, Casa S/N, cerca de la playa del sector el silencia (50Mts) de la comunidad de Guiria de la Playa, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, WILLIAMS ALEXANDER PRADA AMUNDARAIN, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.385.855, nacido en fecha 28-12-1980, de 27 años de edad, de profesión u oficio: Albañil, estado civil: Soltero, hijo de Félix Prada y Kaka Amundarain, y domiciliado en calle Carúpano, casa S/N, al Final de Canchunchu Viejo, cerca de la bodega “los Tres hijos”, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre y ÁNGEL FÉLIX ZORRILLA UGAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.923.359, nacido en fecha 15-03-1974, de 34 años de edad, de profesión u oficio Albañil, estado civil: Casado, hijo de Guillermo Zorrilla y Ángela Mercedes Ugas, y domiciliado en Calle Principal casa Nº 136 de Canchunchú Nuevo, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Segundo y Último Aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, más las accesorias de ley, que prevé el artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia con Boleta Informativa a los penados al Internado Judicial de ésta ciudad, igualmente remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia, adjunto a oficios al Fiscal Primero del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencias y a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines de que se recaben los posibles antecedentes penales que pudiera registrar los referidos penados
Notifíquese a las partes de la presente ejecución y remítase la presente causa al Jefe de Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDA DE EJECUCIÓN

Abg. LOURDES SALAZAR
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA PEREIRA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA PEREIRA