REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN
AUDIENCIA DE REVISIÓN DE MEDIDA
Causa Nº 4E-463-08
JUEZA: DRA. MORELYS CARABALLO VILLAROEL
FISCAL: VERONICA FLORES
(Fiscal Auxiliar del Ministerio Público Nº 117)
SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)
DEFENSA: LUIS ISLANDA
(Defensa Pública Penal de Adolescentes Nº 6)
SECRETARIA: ANA M. QUINTERO M.
En la ciudad de Caracas en el día de hoy, miércoles catorce (14) del mes de enero del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Once y Quince (11:15) horas de la mañana, se constituyó el Tribunal Cuarto en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, encontrándose presentes la ciudadana Jueza DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL y la Secretaria ANA M. QUINTERO M., quien procedió a verificar la presencia de las partes dejándose constancia de la presencia de la Fiscal Auxiliar Centésima Décima Séptima (117°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente (Fase de Ejecución) VERÓNICA FLORES, el Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) y el Defensor Público Sexto (6º) del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente (Fase de Ejecución) LUIS ISLANDA. Ahora bien, a los fines de realizarse la presente audiencia se tomarán en cuenta todos los recaudos recibidos desde la celebración de la Audiencia de Imposición de la Medida celebrada en fecha 16/07/2008, siendo los siguientes: * En fecha 28/07/08 se recibió Oficio Nº 355-08 procedente de la Unidad de Formación Integral al Adolescente Sancionado con Medida No Privativa de Libertad - N.A.F.P.C. "DIEGO DE LOZADA" - Circuito Nº 2, mediante el cual informan “… que la Fecha de receptoría del joven de autos es el día 23/07/2008…”; * En fecha 07/08/08 se recibió Oficio Nº 385-08 procedente de Unidad de Formación Integral al Adolescente Sancionado con Medida No Privativa de Libertad - N.A.F.P.C. " DIEGO DE LOZADA" - Circuito Nº 2, mediante el cual remiten Plan de Acción y Constancia de Trabajo. * En fecha 25/09/08, se recibió Oficio Nº 477-08 procedente de la Unidad de Formación Integral al Adolescente Sancionado con Medida No Privativa de Libertad - N.A.F.P.C. " DIEGO DE LOZADA " - Circuito Nº 2, mediante el cual remiten Plan de Acción Área Social: … el joven adulto refiere que reside en Los Flores de Catia, procedente de Petare, en compañía de una pareja amiga, … supuestamente consume droga (marihuana), .. tiene una hija de 7 años, procreada de una relación de pareja establecida en unión concubinaria durante 05 años y desintegrada desde hace un año, … con respecto a los hechos que motivaron la medida de Libertad Asistida impuesta al joven, … en el 2002, … funcionarios policiales se presentaron al lugar y lo detuvieron, quedando bajo presentación en Tribunal, donde asistió pocas veces y después de 5 años la policía lo detiene nuevamente debido a que estaba solicitado por incumplimiento de medida. OBJETIVO GENERAL: … Coadyuvar a que el joven tome conciencia de su problemática personal-social en función de mejorar su calidad de vida. Área Educativa- Laboral: … empezó a laborar a la edad de 17 años, como ayudante de Construcción, OBJETIVO GENERAL: orientación y seguimiento y reforzamiento en el área educativa-laboral, para que logre avances significativos, … *En fecha 16/10/08 se recibió Oficio Nº 516-08 procedente de la Unidad de Formación Integral al Adolescente Sancionado con Medida No Privativa de Libertad - N.A.F.P.C. "DIEGO DE LOZADA" Circuito Nº 2, mediante el cual remiten Plan de Acción Área Psicológica: … espontáneo, sincero y colaborador, viste acorde al sexo, … se encuentra orientado en tiempo, espacio y persona, expresión facial somnolienta y enrojecimiento de las pupilas, … inteligencia impresiona inferior al promedio, … factor que puede estar influenciado por bajo nivel sociocultural y escasos repertorios de aprendizajes., … actualmente siente amenazada su integridad y su vida, girando sus pensamientos en tornos a hechos inminentes que pueden poner en riesgo su existencia,…”; *En fecha 09-12-08 se recibió Oficio 0151-08 procedente de la Unidad de Formación Integral al Adolescente Sancionado con Medida No Privativa de Libertad - N.A.F.P.C. " DIEGO DE LOZADA " - Circuito Nº 4, mediante el cual remiten Informe Evolutivo y copia del Control de Citas del joven adulto de autos, el cual arrojó lo siguiente: “… Área Psicológica: … asiste con regularidad a la Entidad, mostrando modero interés en el cumplimiento de la medida socioeducativa, … ha venido manteniendo compromisos consigo mismo, … toma de conciencia de los factores de riesgo imperantes a partir de estilo de vida, … en la actualidad se permite sopesar las consecuencias de sus actos, … puede elegir alternativa conducentes al cambio personal, … está en proceso de incorporación del joven a comunidad terapéutica, la cual presenta un ambiente protegido, … el joven asiste a Grupo de Ambulatorio en Entidad de Atención “Casas Petare”, adscrito a la Fundación “José Félix Ribas”, … los objetivos propuestos se están conduciendo en forma apropiada, a pesar del factor sociocultural, … progresivamente se ha intentado que el joven estructure un programa sencillo de actividades dentro del hogar, … en síntesis, el joven ha procurado realizar acciones para protegerse y mejorar estilo de vida previo, aún amerita fortalecer habilidades psicosociales y realizar cambios a nivel cognitivo y afectivo, … Área Educativa-Laboral: referente a la meta 1: … es puntual a las citas, es atento a las orientaciones dadas por el equipo que lo atiende, es respetuoso y se encuentra tomando conciencia de su problemática, en lo referente a la meta 2: … se encuentra desincorporado del sistema educativo, nos e ha logrado avances de que el joven tramite su inscripción en centro educativos, … en lo referente a la meta 3: … se encuentra trabajando como ayudante de carga en la empresa Nestle, ubicada en los Ruices, …. SEGUIDAMENTE SE PROCEDE A SACAR EL CÓMPUTO DE LEY RESPECTIVO CONFORME AL ARTÍCULO 482 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL POR REMISIÓN EXPRESA DEL ARTÍCULO 537 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, DE LA SIGUIENTE MANERA: La sanción impuesta al Joven Adulto de autos es la Medida de Libertad Asistida por el lapso de UN (01) AÑO contados a partir de la Fecha de Receptoría 23/07/2008, evidenciándose que hasta la presente fecha ha transcurrido un tiempo de CINCO (5) MESES y VEINTIDOS (22) DÍAS, restándole por cumplir un tiempo de SEIS (6) MESES y OCHO (08) DÍAS, culminando tentativamente en todo caso de cumplir cabal y fielmente con la medida en fecha 14/07/2009. Una vez leídos los informes y documentos cursantes en las actas, así como el cómputo respectivo procedió la ciudadana Juez a explicar los alcances de la decisión tomada por este Tribunal, informando al adolescente de los derechos y deberes contemplados en los Artículos 630 y 631 todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de solicitar dentro de los seis meses siguientes a la fecha, la revisión de la medida que le fuera impuesta por el Tribunal que conoce de la causa. Seguidamente fue impuesto el adolescente del contenido del Articulo 49 Numeral 5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así como de los Derechos y Garantías consagrados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en sus Artículos 538 al 549 los cuales se refieren al derecho que tienen los adolescentes a ser tratados con dignidad, a que las sanciones sean atribuidas con proporcionalidad al hecho punible que se le imputa, a que sea informado de manera clara y precisa sobre el proceso que se le sigue, a ser oído en la investigación, en el juicio y durante, a que se le siga un juicio educativo, a estar asistido en todo momento por un defensor a que se le siga un juicio confidencial ya que esta ley prohíbe la divulgación de datos que posibiliten la identificación del adolescente, a que se siga el debido proceso en el que las sanciones impuestas sean revisables, procediendo a identificarse quien dijo ser y llamarse como queda escrito: (IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) , quien una vez identificado procedió a exponer lo siguiente: “Yo tome la decisión de ir a José Félix Ribas, ya que quiero dejar de consumir, y ahora con el problema que tengo que mataron a uno de mi hermano menor y nos dieron unos tiros, porque estábamos con unos muchachos que nosotros no sabíamos que se habían robado una moto y nos tirotearon a nosotros y mataron a mi hermano y a mime dieron un tiro y tengo el brazo astillado y estoy encerrado ya que mi mamá no quiere que salga para ningún lado por lo que le sucedió a mi hermano, pero sigo cumpliendo con mis citas en la entidad. Es todo”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal, quien expone: “Esta Representación Fiscal una vez analizadas las presentes actas y escuchado todos los informes que rielan en el expediente de fecha 25-09-08,establecen metas a corto, mediano y largo plazo, al folio 53 existe un Informe donde señalan que es respetuoso, cumple con sus presentaciones, igualmente se puede observar que en la meta 2, señalan que no han podido lograr que el sancionado se inserte en el sistema educativo, a pesar que se ha orientado, no se ha podido dar alcance completo con respecto a esa meta. En cuanto a la meta 3 se evidencia que se encuentra trabajando como ayudante de carga en la empresa Nestle, ubicada en los Ruices, aunado a lo manifestado por el sancionado de autos, considera que el joven adulto de autos, debe continuar cumpliendo con la Medida de Libertad Asistida, que le fuera impuesta, por el tiempo que le resta por cumplir en virtud que no le está siendo contraria a su proceso de desarrollo”. Es Todo. Acto seguido se le concede la palabra a la Defensa Pública, quien manifestó: “Oído lo expuesto la representante del Ministerio Público y visto que de los Informes de fecha 09-12-2008, donde hacen del señalamiento que aún a mi defendido en el área psicológica necesita ayuda del equipo multidisciplinario y estos lo siguen tratando a los fines de siga mejorando con su estilo de vida y oído como ha sido lo señalado por mi asistido que desea salir del mundo de las drogas, es por lo que esta defensa está de acuerdo con la solicitud del Ministerio Público de que se mantenga la medida impuesta, aún que pesan elementos que le están coartando su salida a la calle por el problema que se le presento en enero de este año.”. Es Todo. Una vez terminadas las exposiciones de las partes, este Tribunal Cuarto en Funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dando cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, pasa a pronunciarse en los siguientes términos: PRIMERO: Corresponde al Juez de Ejecución el conocimiento de la Fase de Ejecución de las Medidas Impuestas, teniendo facultad de controlar las garantías del proceso, como es que se respeten los principios del ordenamiento jurídico, tales como: 1) Los Principios de Legalidad y Lesividad…; 2) El Debido Proceso y el Derecho a la Defensa…; 3) Garantía de la Dignidad…; 4) Garantía de la Proporcionalidad…; 5) Garantía de Ser Oído…; 8) Garantía a un Juicio Educativo…, a objeto de que entienda el proceso, así como también, tenga conocimiento sobre el significado de cada una de las actuaciones procesales que se desarrollen en su presencia, la razón de ser de ésta previsión, obedece a la condición de que el adolescente es un sujeto en proceso de desarrollo y que no ha alcanzado total madurez, ni puede de acuerdo con su capacidad poner en práctica los frenos inhibitorios frente a la comisión del hecho, entendiendo con más claridad la diferencia con la jurisdicción ordinaria, en concordancia con los principios que rigen el sistema acusatorio por el cual se rige esta jurisdicción especial, como son el de Oralidad e Inmediación, Celeridad Procesal debiendo el Juez de Ejecución, tomar en cuenta al momento de Revisar la Medida Impuesta garantizar los principios anteriormente señalados a los fines de mantener, Modificar o Sustituir la Medida, por otra parte … es el encargado de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas al adolescente. Tiene competencia para resolver las cuestiones o incidencias que se susciten durante la ejecución y para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta Ley”, asimismo, a) Vigilar que se cumplan las medidas…; b) Controlar que la ejecución de cualquier medida no restrinja derechos fundamentales…; c) Vigilar que el plan esté acorde con los objetivos fijados en esta Ley…; d) Velar porque no se vulneren los derechos del adolescente durante el cumplimento de las medidas, especialmente en el caso de las privativas de libertad; e) Revisar las medidas por lo menos una vez cada seis meses, para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas o por ser contrarias al proceso de desarrollo del adolescente; f) Controlar el otorgamiento o denegación de cualquier beneficio relacionado con las medidas impuestas; g) Conocer y decidir sobre la impugnación de las medidas disciplinarias impuestas a los privados de libertad; h) Decretar la cesación de la medida; SEGUNDO: En cuanto a lo expuesto por la Fiscal Auxiliar Centésima Décima Séptima (117°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente (Fase de Ejecución), y a la cual se adhirió la Defensa Pública Sexta (06º) del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente (Fase de Ejecución), este Tribunal considera que si bien es cierto, se ha evidenciado que el Adolescente de autos está cumpliendo fielmente con su medida, no es menos cierto, que se puede observar de los diferentes Informes Evolutivos que el Adolescente: PÉREZ (IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) , identificado en autos anteriores, “… Área Psicológica: … asiste con regularidad a la Entidad, mostrando modero interés en el cumplimiento de la medida socioeducativa, …ha venido manteniendo compromisos consigo mismo, … toma de conciencia de los factores de riesgo imperantes a partir de estilo de vida, … en la actualidad se permite sopesar las consecuencias de sus actos, … puede elegir alternativa conducentes al cambio personal, … está en proceso de incorporación del joven a comunidad terapéutica, la cual presenta un ambiente protegido, … el joven asiste a Grupo de Ambulatorio en Entidad de Atención “Casas Petare”, adscrito a la Fundación “José Félix Ribas”, … los objetivos propuestos se están conduciendo en forma apropiada, a pesar del factor sociocultural, … progresivamente se ha intentado que el joven estructure un programa sencillo de actividades dentro del hogar, … en síntesis, el joven ha procurado realizar acciones para protegerse y mejorar estilo de vida previo, aún amerita fortalecer habilidades psicosociales y realizar cambios a nivel cognitivo y afectivo, … Área Educativa-Laboral: referente a la meta 1: … es puntual a las citas, es atento a las orientaciones dadas por el equipo que lo atiende, es respetuoso y se encuentra tomando conciencia de su problemática, en lo referente a la meta 2: … se encuentra desincorporado del sistema educativo, nos e ha logrado avances de que el joven tramite su inscripción en centro educativos, … en lo referente a la meta 3: … se encuentra trabajando, sin embargo se observa que la medida que se encuentra cumpliendo, no le está siendo contraria a su proceso de desarrollo, siendo la finalidad de esta ley lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y con su entorno social, tal y como lo establece el Artículo 629 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, si bien es cierto, que es una facultad del Juez de Ejecución revisar las medidas por lo menos una vez cada seis meses, para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas o por ser contrarias al proceso de desarrollo del adolescente, no es menos cierto, que está facultad de Revisar la Medida de Libertad Asistida también se hace con el objeto de controlar la misma ya que el Juez de Ejecución es el encargado de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas al adolescente. Tiene competencia para resolver las cuestiones o incidencias que se susciten durante la ejecución y para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta Ley e igualmente tiene la atribución de vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con lo dispuesto en la sentencia que las ordena, evidenciándose de que a objeto de cumplir con los lineamientos establecidos en esta Ley Especialísima, también se hace a objeto de conseguir que el Juez de Ejecución sea una persona humana y que ese Estado Social de derecho que habla la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 2 y que sus principios propugnen la igualdad y la solidaridad a fin de poder garantizar el Derecho a Ser Oído, Derecho a un Juicio Educativo y el Derecho a la Defensa, señalando que si bien es cierto que está cumpliendo una medida, no es menos cierto, demostrar que la Trilogía Estado-Familia-Sociedad es un elemento fundamental para que el joven continúe viviendo en sociedad, bien sea Mediante la Medida de Libertad Asistida o una Medida Menos Gravosa y sea una persona útil al Estado y al País, evidenciándose en el Informe Evolutivo que es necesario que haya alcanzado todas las metas establecidas en su Plan de Acción actuando más allá del Deber Ser, es por lo que en consecuencia que se ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA que le fuere impuesta al Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) , identificado en autos, por el tiempo que le resta por cumplir siendo de SEIS (6) MESES y OCHO (08) DÍAS, culminando tentativamente en todo caso de cumplir cabal y fielmente con la medida en fecha 22/07/2009; TERCERO: La presente decisión está sujeta a modificación en el caso de que el adolescente de autos incumpliere con la misma y será sancionado hasta por un lapso de SEIS (06) MESES DE PRIVACIÓN DE SU LIBERTAD de conformidad con lo previsto en el Artículo 628 Parágrafo Segundo, Literal c) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Quedan debidamente notificadas todas las partes presentes de lo aquí decidido con la firmas del acta de conformidad con lo previsto en el Articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión del Articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se declara terminada la audiencia, siendo las Once y Cuarenta y Cinco (11:45) horas de la mañana. Es Todo. Terminó, Se Leyó y Conformes Firman.-
LA JUEZA,
DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL
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