REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 19 de enero de 2009
198º y 149º

Visto el escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha 17 de diciembre de 2008 por los ciudadanos JOSÉ G. SALAVERRIA LANDER, RAFAEL RAMOS GARCÍA, REINA ROMERO ALVARADO, VERY BABETH ESQUIVEL, MAXIMILIANO DI DOMENICO VIOLA, JACLYN CHIRINOS JURADO, DAYANA R. PÉREZ ZABALA o JULIO CESAR SANCHEZ RAMOS, inscritos en el Instituto de Previsión al Abogado bajo los números 2.104, 10.205, 54.464, 120.573, 116.038, 128.991, 87.214 y 90.375, respectivamente, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil SUPEROCTANOS, C.A, promoviendo prueba exhibición del expediente administrativo y prueba de informe. Este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes.




En consecuencia este Tribunal ORDENA:

PRIMERO: De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena requerir informes sobre lo expuesto en el Capítulo II del Escrito de Pruebas y, a tal efecto ordena Oficiar al:

• Gerente de Tributos Internos de la región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Y Tributaria (SENIAT).

SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, ordena bajo apercibimiento, al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la exhibición a este Órgano Jurisdiccional, del Acto Administrativo contenido en la resolución GRNO-CD-300-2001 000046, de fecha 16 de noviembre de 2001, por la suma de (Bs.7.674,08) siete mil seiscientos setenta y cuatro con ocho centímos.

El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.

El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso.
El Secretario,


Fernando José Illarramendi Peña.
ASUNTO: AF49-U-2002-000110
RGMB/FIP/pap.-




En consecuencia este Tribunal ORDENA:

PRIMERO: De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena requerir informes sobre lo expuesto en el Capítulo II del Escrito de Pruebas y, a tal efecto ordena Oficiar al:

• Gerente de Tributos Internos de la región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Y Tributaria (SENIAT).

SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, ordena bajo apercibimiento, al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la exhibición a este Órgano Jurisdiccional, del Acto Administrativo contenido en la resolución GRNO-CD-300-2001 000046, de fecha 16 de noviembre de 2001, por la suma de (Bs.7.674,08) siete mil seiscientos setenta y cuatro con ocho centímos.

El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.

El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso.
El Secretario,


Fernando José Illarramendi Peña.
ASUNTO: AF49-U-2002-000110
RGMB/FIP/pap.-