REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, veintiocho (28) de enero de 2009.-
Años: 198º Y 149º

Firme como ha quedado la decisión dictada por este Tribunal en fecha 25 de febrero de 2008; se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se deja constancia de que los treinta (30) días para dictar sentencia transcurrieron desde el 06 de febrero de 2008 (exclusive) al 07 de marzo de 2008 (inclusive) y que los diez (10) días de despacho para recurrir en casación fueron los siguientes: lunes 10, miércoles 12, viernes 14, lunes 17, lunes 24, miércoles 26, viernes 28, lunes 31 de marzo y los días miércoles 02, y viernes 04 de abril, todos del año 2008 .-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes

El Secretario,

Richars Domingo Mata.



VJGJ/RM/simón
Exp: 9700






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 28 de enero de 2009.
Años 198° y 149°

OFICIO Nº 2009-A-
CIUDADANO:
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 9700, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA sigue LABORATORIOS LETI S.A.V. contra SANOFI AVENTIS; constante de una (01) pieza, de OCHENTA Y DOS (82) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de haberse declarado firme la decisión de fecha 25 de febrero de 2008.-
EL JUEZ,

Dr. Víctor José González Jaimes

Exp: 9700
VJGJ/RM/simón