REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CUARTO DE JUICIO DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 30 de Enero del 2009
Años 197° y 149°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P- 2005-010532
“AMPLIACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR”
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia de Juicio Nº 04 del Estado Lara, pasar a fundamentar solicitud de fecha 21 de Enero de 2009 efectuada, por la defensa Privada Abogado JOEL ROMERO RIVAS, quien actúa como defensor del ciudadano KEIBY JOSÉ LUCENA TREJO, titular de la cédula de identidad Nº 17.640.404, quien se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Vigente para cuando ocurrieron los hechos. Solicitando que sean extendidas las presentaciones cada 30 días.
MOTIVACIÓN
Ahora bien al analizar la solicitud y las actuaciones observa esta juzgadora que el ciudadano KEIBY JOSÉ LUCENA TREJO, titular de la cédula de identidad Nº 17.640.404, según información emanada del sistema juris ha cumplido cabalmente con la medida de presentaciones. Motivo por el cual considera quien aquí decide que es procedente la solicitud de cambio de medida por lo que se acuerdan presentaciones cada 30 días ante la respectiva taquilla de presentaciones del circuito judicial penal del Estado Lara. Así se decide.
Notifíquese a las partes Cúmplase.-
LA JUEZ DE JUICIO Nº 04
ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO