REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-002020
La Ciudadana NELLY JOSEFINA ESCALONA LUCENA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. V-7.063.084, solicitó la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano EDILIO IBRAHIN CASTILLO (esposo de la solicitante), ya que por error asentaron PRIMERO: su estado civil como: “DIVORCIADO”; siendo lo correcto: “CASADO con NELLY JOSEFINA ESCALONA LUCENA”. SEGUNDO: Deja tres hijos de nombres: “YADIRA CAROLINA, JONATHAN, JOHAN”, mayores de edad, y “EDIXON XAVIER”, menor de edad, siendo lo correcto: “Deja cinco hijos de nombres: “YADIRA CAROLINA, JONATHAN, JOHANA y ALBERTO”, mayores de edad, y “EDIXON XAVIER”, menor de edad. La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público y se libró edicto el cual fue publicado en fecha 12-10-2007.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA RECTIFICAR EL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano EDILIO IBRAHIN CASTILLO (esposo de la solicitante), en el sentido que figure su estado civil como: “CASADO con NELLY JOSEFINA ESCALONA LUCENA”. SEGUNDO: Deja cinco hijos de nombres: “YADIRA CAROLINA, JONATHAN, JOHANA y ALBERTO”, mayores de edad, y “EDIXON XAVIER”, menor de edad.- En consecuencia ordena a la Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Acta de Defunción N° 71, Folio 37 fte., de fecha 14 de Febrero del año 2003. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los veintisiete días del mes de Enero de dos mil Nueve. Años 198º y 149º.
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona.
En la misma fecha se registró y publicó siendo las 10:38 a.m.
HRPB/BE/Loreand La Suscrita Secretaria Del Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Transito Del Estado Lara Certifica La Exactitud De La Copia Anterior. Barquisimeto. Fecha Ut Supra.-