REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-018018

Vistos.

Habida consideración que de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentado por la ciudadana YENIXA ANGELICA VARGAS MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.256.724 y de este domicilio, asistida por el abogado Armando José Anduela Villasana, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°117.673 , en la cual requiere la Rectificación de Partida de Nacimiento, inscrita por ante la Prefectura Civil del Municipio Monseñor “ José Vicente de Unda “ del Estado Portuguesa, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado se DECLARA INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa en razón del Territorio para conocer y decidir la solicitud presentada, por cuanto de conformidad con el artículo 501 del Código Civil, corresponde su conocimiento el Juez de Primera Instancia en lo Civil de la Jurisdicción del Estado Portuguesa. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a dicho Juzgado, con oficio, una vez quede firme la presente decisión.
Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veintiséis (26) días del mes de Enero de dos mil nueve (2.009). Años 198° y 149°.

La Juez Temporal

KEYDIS PÉREZ OJEDA
La Secretaria

ELIANA HERNANDEZ SILVA

Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec.

KPO/merysa