REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-V-2008-004338

Vista la demanda por RENDICION DE CUENTAS, intentada por los ciudadanos: ELIGIO JOSE GUTIERREZ LINAREZ, JENIFFER BENITO GUTIERREZ LINAREZ y CARLOS ARGENIS GUTIERREZ LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.246.883, 5.246.884 y 7.358.634, respectivamente, asistidos por el abogado PEDRO JIMENEZ., inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 13.532, contra la ciudadana LAIDI DEL CARMEN GUTIERREZ LINAREZ, venezolana, mayor de edad, Cédula de Identidad No. 7.302.457; habida consideración que los demandantes no acreditaron de un modo auténtico la obligación de la demandada de rendir las cuentas reclamadas, conforme lo dispone el Artículo 673 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción. Así se decide.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero



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El suscrito, Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que corre inserta en el Expediente N° KP02-V-2008-4338. Certificación que se expide, en Barquisimeto, a los diecinueve días del mes de enero del año 2009. Años 198° y 149°.

El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero


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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara




ASUNTO N° KP02-V-2008-4338


DEMANDANTE: ELIGIO GUTIERREZ Y OTROS



DEMANDADO: LAIDI GUTIERREZ LINAREZ



MOTIVO: RENDICION DE CUENTAS



SENTENCIA INTERLOCUTORIA




19/01/2009



Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ