REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO: KP02-S-2008-014869
“Vistos”.---------------------------------------------------------------------------------------------
Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana: SUGEN MERLYN RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.245.762, asistida por la abogada Milagro Marrufo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27764; en el cual solicita la rectificación de su Acta de Defunción inserta en los libros llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 337, folio 169 fte. del año 2002; toda vez que en la misma se incurrió en el error de asentar los nombres de los hijos de la de cujus como RAMONA DEL CARMEN, GIOVANNI ANTONIO, SUGEY MERLYN, DANYELA LISETT, YOHANA, MAYERLIN, siendo el verdadero RAMONA DEL CARMEN SIERRA RIVERO, YOVANNY RIVERO, SUGEN MERLYN RIVERO, DANYELA LISETT RIVERO Y MARYELIN YOANNA MENDOZA RIVERO. A tal efecto, acompaña a la solicitud, copia certificada del Acta de Defunción en cuestión, copia certificada de las partidas de nacimiento y copia simple de la cédula de identidad de la solicitante. Admitida la solicitud, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa: ----------------------------------------------------------------------------------
U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente; y en base a la certificación de las Partidas de Nacimiento de los hijos de la de cujus ciudadana MARIA BENEDICTA RIVERO (F.3,4,5,6,7,8), se evidencian plenamente los errores señalados en la solicitud, en el sentido de que los nombres correcto de los hijos de la de cujus RAMONA DEL SIERRA RIVERO, YOVANNY RIVERO, SUGEN MERLYN RIVERO, DANYELA LISETT RIVERO Y MARYELIN YOANNA MENDOZA RIVERO, y no RAMONA DEL CARMEN, GIOVANNI ANTONIO, SUGEY MERLYN, DAYELA LISETT, YOHANA, MAYERLIN; por lo que considera quien juzga que la solicitud debe prosperar y así se decide. Por consiguiente este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN y ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara, y al Jefe Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Defunción N° 337, folio 169 fte. del año 2002. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copias certificadas de la presente decisión.------------------------------------------------
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Veintidós días del mes de Enero de dos mil Nueve. Años: 198° y 149°.
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
Seguidamente se publicó. Se dejó copia.
OERL/mm
El suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara. CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original y la contiene el Expediente N° KP02-S-2008-14869, y se expide en Barquisimeto a los Veintidós días del mes de Enero del Dos Mil Nueve. Años: 198° y 149°.-
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRANSITO DEL ESTADO LARA
ASUNTO N° KP02-S-2008-14869
SOLICITANTE: SUGEN MERLYN RIVERO
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDAS
SENTENCIA DEFINITIVA
CON LUGAR
21/01/2009
Abg. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-014869
Oficio N° 104
Ciudadano:
Registrador Principal
Del Estado Lara
Su Despacho.-
Me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio copia certificada de la Sentencia de Rectificación hecha por la ciudadana: SUGEN MERLYN RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 12.245.762, a los fines de darle cumplimiento a lo ordenado.-
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
Dios y Federación
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Juez,
OERL/mm
Anexo lo indicado
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-014869
Oficio N° 105
Ciudadano:
Jefe Civil de la Parroquia Juan
De Villegas
Del Estado Lara
Su Despacho.-
Me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio copia certificada de la Sentencia de Rectificación hecha por la ciudadana: SUGEN MERLYN RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 12.245.762, a los fines de darle cumplimiento a lo ordenado.-
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
Dios y Federación
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Juez,
OERL/mm
Anexo lo indicado
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