REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000761
VISTOS.------------------------------------------------------------------------
En fecha 04/07/2008, la ciudadana CORTEZA ELENA GRATEROL DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.374.277, actuando en su carácter de Tutora Interina del Ciudadano RONALD JAVIER GALLARDO GRATEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.433.226 asistida por el abogado LENIN COLMENAREZ, Inpreabogado Nº 90.464, solicitó el Divorcio basado en el artículo 185-A del Código Civil Vigente; contra la ciudadana ANA THAIS DE SOUSA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.858.363, alegando la ruptura de la vida en común por más de cinco (5) años. En dicha unión no procrearon hijos. Acompañó certificación del acta de matrimonio y copias de las cédulas de identidad. Admitida la solicitud se ordenó la citación de la parte demandada y la notificación a la Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia. En fecha 08/10/2008 comparece la cónyuge demandada y manifiesta su conformidad con lo expuesto por la tutora interina de su esposo en la solicitud de divorcio. En fecha 10/12/2008 la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público para actuar en materia de familia, presentó escrito donde señala que nada tiene que objetar a la solicitud.---------
Para decidir este Tribunal observa: -----------------------------------------
UNICO: Quien juzga encuentra que se han llenado todos los extremos exigidos por el artículo l85-A del Código Civil, y en vista de que los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, y no fue objetada la solicitud por parte del Fiscal del Ministerio Público; este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos RONALD JAVIER GALLARDO GRATEROL y ANA THAIS DE SOUSA BASTIDAS por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha: 31 de julio de de 1999, bajo el Nº 333, Folio 36 Frente, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho.
Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-----

REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.------------------------------------------------------------------------------------------
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los 22 días del mes de enero de dos mil nueve (2009). Años: 198° y 149° *ml*

El Juez

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Roger Adán Cordero

El Suscrito Secretario Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que la contiene, en el ASUNTO: KP02-F-2008-761. En Barquisimeto, a los 22 días del mes de enero del 2009. Años 198 y 149°.*ml*

El Secretario,
Abg. Roger Adán Cordero

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara


ASUNTO: KP02-F-2008-761

DEMANDANTE: CORTEZA GRATEROL DE RODRIGUEZ

DEMANDADO: ANA THAIS DE SOUSA BASTIDAS


DIVORCIO 185-A

SENTENCIA DEFINITIVA

FECHA DE LA SENTENCIA:
22/01/2008



ABG. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de enero de dos mil nueve
198º y 149º


ASUNTO: KP02-F-2008-000761

OFICIO Nº

CIUDADANO (A):
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA.
Su Despacho.

Adjunto remito a usted copia certificada de la sentencia recaída en el presente asunto a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros de registro civil de matrimonios.


DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ

Abg. Oscar Eduardo Rivero López


OERL/ml
Anexo lo indicado.




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de enero de dos mil nueve
198º y 149º


ASUNTO: KP02-F-2008-000761

OFICIO Nº

CIUDADANO (A):
Jefatura Civil de la Parroquia Tamaca
Municipio Iribarren del Estado Lara
Su Despacho.

Adjunto remito a usted copia certificada de la sentencia recaída en el presente asunto a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros de registro civil de matrimonios.


DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ

Abg. Oscar Eduardo Rivero López


OERL/ml
Anexo lo indicado.