REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-008764
´´ VISTOS´´
Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana: MARIA MARTINA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.344.992, asistida por la abogada SILVIA ELENA RIVAS ARTEAGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.489; en el cual solicita la rectificación de su acta de nacimiento, inserta en los libros llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el Nº 376, Folio 188 del año 1953; toda vez, que en la misma se incurrió en el error de asentar mi nombre como MARTINA siendo lo correcto MARIA MARTINA. A tal efecto, acompaña a la solicitud, copia certificada del acta de Nacimiento, datos filiatorios, copia fotostática de la cedula de identidad. Admitida la solicitud, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
Para decidir el Tribunal observa: ----------------------------------------------------
U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente; y en base a la certificación del acta de nacimiento de la solicitante MARIA MARTINA ROJAS, se evidencian plenamente el error señalado en la solicitud, en el sentido, de que el nombre de la solicitante era MARIA MARTINA y no MARTINA; por lo que considera quien juzga que la solicitud debe prosperar y así se decide. Por consiguiente este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO y ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara, y al Jefe Civil de la Parroquia Aguedo Felipe Alvarado del Municipio Iribarren del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de nacimiento, Nº 376, folio 188 del año 1953. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copias certificadas de la presente decisión.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 22 días del mes de enero de dos mil nueve (2009). Años: 198° y 149°.


El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Roger Adán Cordero





vo

















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PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-008764

OFICIO Nº: 121
CIUDADANO (A):
JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA AGUEDO FELIPE ALVARADO DEL MUNCIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
Su Despacho.-



Adjunto al presente oficio remito a Ud., copia certificada de la sentencia de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO recaída en el presente asunto a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en el acta Nº 376, Folio 188 del libro de registro civil de nacimiento del año 1953.

DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ


Abg. Oscar Eduardo Rivero López

OERL/vo
anexo lo indicado.








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-008764

OFICIO Nº: 122
CIUDADANO.
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA.
Su Despacho.



Adjunto al presente oficio remito a Ud., copia certificada de la sentencia de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO recaída en el presente asunto a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en el acta N° 376, Folio 188 del libro de registro civil de nacimiento del año 1953.



DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ


Abg. Oscar Eduardo Rivero López

OERL/vo
anexo lo indicado.