REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 15 de Enero de Dos mil nueve.
197º y 148º
ASUNTO: GP02-S-2008- 000376
Visto que las partes voluntariamente, en fecha 24 de Noviembre de 2008, consignan por la U.R.D.D. de este Circuito Laboral DESISTIMIENTO, este Tribunal, una vez revisada la manifestación de voluntad, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO REALIZADO POR LA PARTE ACTORA, en los términos como fue establecido en el contenido del mismo, otorgándole fuerza de cosa juzgada, en tal sentido este tribunal ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ
Abg: NORIS B GODOY V.
La Secretaria
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