ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2007-001428
PARTE ACTORA: ALBERTO RAFAEL CORDERO AMAYA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:------------------------------------
PARTE DEMANDADA: RUEDAS DE ALUMINIO C.A. (RUALCA C.A)
APODERADOS DE LA DEMANDADA: MARJIORETH SALAZAR
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL
En el día de hoy, Veinte ( 20 ) de Enero del 2009, siendo las 10:00 a.m. del día y hora fijada por este Tribunal para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de la abogada MARJIORETH SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nros. 16.887.795, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 121.532, actuando con el carácter de apoderada judicial de la demandada RUEDAS DE ALUMINIO C.A. (RUALCA C.A), según consta en poder Apud-acta el cual fue presentado por la U.R.D.D., de este Circuito Laboral en fecha 20-01-2009, para que sea agregado al expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ALBERTO RAFAEL CORDERO AMAYA, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, así como de la empresa RIALCA, C.A. y de la Junta Administradora designada por el Ministerio Popular para el Trabajo, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 198 ° y 149 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR
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