PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, veintidós (22) de enero de 2009
196º y 148°



ASUNTO: GP02-S-2009-000013
DEMANDANTE: SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS, C. A.
DEMANDADO: YOXSAN CARDENAS PADILLA
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO


Vista la Transacción de fecha 20 de enero de 2009, presentada por las partes SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS, C. A. Representada por sus Apoderados Judiciales GONZALO PONTE-AVILA Y SIMON JURADO-BLANCO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N.° 66.371 y 76.855 respectivamente y por la otra el ciudadano YOXSAN CARDENAS PADILLA, titular de la cédula de identidad N° 18.087.340, Asistido por la abogada ZARAY CASTELLANOS ALTUVE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 62.923, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS




LA SECRETARIA,


Abg. MARY ANNE MUGUESSA H.