REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

Vista la conciliación, celebrada por los ciudadanos CARLOS TERECIO VALERA ZAMBRANO y JENNY YUBISAY SÁNCHEZ LINARES, titulares de las cedulas de identidades Nros. 13.040.285 y 15.738.100, respectivamente, por ante este Tribunal, donde el padre el ciudadano CARLOS TERECIO VALERA ZAMBRANO ejercerá la CUSTODIA de …., de tres (03) años de edad, y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes.