REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CARACAS, _____________ DE _____________ DE 2009
Años 198° y 149°

El 22 de enero de 2007 se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo el Oficio Número 07/0031 de fecha 12 de enero de 2007, emanado del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana TANIA CANO, titular de la cédula de identidad Número 10.237.145, asistida por el abogado Francisco Lepore Girón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 39.093 contra el BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA (BANDES).

Tal remisión se efectuó en virtud del auto de fecha 12 de enero de 2007 dictado por el referido Juzgado Superior, que oyó en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de diciembre de 2006 por la abogada María Farfán de Abreu, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 106.556, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, contra la sentencia dictada en fecha 5 de diciembre de 2006 por el mencionado Órgano Jurisdiccional, que declaró CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.

En fecha 25 de enero de 2007, se dio cuenta a esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, y por auto de la misma fecha, se designó ponente al Juez Emilio Ramos González, dándose inicio a la relación de la causa cuya duración sería de quince (15) días de despacho dentro de los cuales la parte apelante debió presentar las razones de hecho y derecho en que se fundamenta su recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

En fecha 22 de febrero de 2007, la abogada María Migdalys Farfán, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 106.556, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte apelante consignó escrito de fundamentación a la apelación.

Por auto de fecha 7 de marzo de 2007, se dio inicio al lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas

En fecha 13 de marzo de 2007, venció el aludido lapso para la promoción de pruebas.

Por auto de fecha 14 de marzo de 2007, vencido como se encontraba el lapso de pruebas en la presente causa sin que las partes hayan hecho uso de tal derecho, se fijó para que tuviera lugar el correspondiente acto de informes en forma oral el día 26 de abril de 2007, de conformidad con lo previsto en el aparte 21 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Mediante acta de fecha 26 de abril de 2007, se dejó constancia de la celebración del acto de informes en forma oral.

Por auto de fecha 27 de abril de 2007, se dijo “Vistos”.

El 20 de abril de 2007, se pasó el presente expediente al Juez Ponente, a los efectos de que dicte la decisión correspondiente.

I

Ahora bien, del estudio individualizado de las actas procesales que conforman el presente expediente esta Corte pudo observar que, el debate central que caracteriza la presente controversia, se circunscribe a determinar sí la ciudadana Tania Cano, funcionaria adscrita al Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), poseía para el momento de su remoción del organismo, un cargo de los catalogado como los de libre nombramiento y remoción, a tenor de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 28 de la Ley de Transformación del Fondo de Inversiones de Venezuela en el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela.

En tal sentido, para determinar si el cargo de “Especialista Banca de Desarrollo 1” es un cargo que reúne las características necesarias para clasificarlo como de libre nombramiento y remoción; esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo con base en el aparte 13 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 520 y 514 del Código de Procedimiento Civil por remisión expresa del artículo 19 aparte 2 de la aludida Ley Orgánica, acuerda, para mejor proveer, solicitar al Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), que consigne en un lapso de diez (10) días de despacho, computados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, el Manual Descriptivo de Cargos, específicamente donde se pueda evidenciar las funciones que ejerce el cargo “Especialista Banca de Desarrollo 1”. En caso que lo solicitado por este Órgano Jurisdiccional no sea consignado dentro del lapso anteriormente descrito, esta Corte procederá a dictar sentencia con los documentos que cursan en autos. Así se declara.

Ahora bien, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo visto el criterio acogido por este Órgano jurisdiccional en la sentencia número 2008-00171 de fecha 8 de febrero de 2008, estima necesario notificar a la ciudadana Tania Cano, a fin de que tenga conocimiento de dicho requerimiento, y de ser el caso, cuente con la oportunidad de impugnar la información que sea consignada, esto, dentro de los cinco (5) días siguientes a que conste en autos tal información, para lo cual se considera abierta la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de procedimiento Civil, de acuerdo a lo expuesto en la sentencia antes señalada, así se decide.

Advertidas quedan las partes de que transcurridos los lapsos supra mencionados, esta Corte procederá a dictar sentencia con base a las actas cursantes en autos.

II

Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte ORDENA notificar al Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en autos el recibo de la notificación, de cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

Publíquese, regístrese y notifíquese al recurrente. Cúmplase lo ordenado.
El Presidente,


EMILIO RAMOS GONZÁLEZ
Ponente

El Vicepresidente,


ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA
El Juez,


ALEJANDRO SOTO VILLASMIL

La Secretaria,


PATRICIA KUZNIAR DEMIANIUK

Exp. Nº AP42-R-2007-000075
ERG/15

En la misma fecha _________________________ ( ) de ______________________ de dos mil nueve (2009), siendo la (s) _____________ de la ________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el número _____________________.
La Secretaria.