REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 25 de Febrero de Dos Mil Nueve.
198° y 149°
Vistos la diligencia y sus anexos consignados por la ciudadana YAJARANITZA DEL VALLE HERRERA, debidamente asistida por la Abogada ANAIS NOGUERA, en su carácter de Defensora Pública (S) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Monagas, este Tribunal acuerda AUTORIZAR a la ciudadana YAJARANITZA DEL VALLE HERRERA para que retire de la Cuenta de ahorro N° 0007-0069-06-0060164811 de la Entidad Bancaria BANFOANDES, la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVAR (Bs. 5.000,00), a fin cancelar tres (03) meses de depósito y un (01) mes de canon de arrendamiento para alquilar un inmueble donde vivirá con sus hijos (Cuyas Identificaciones Se Omiten, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente) . Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA
Dra. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
LA SECRETARIA
Abg. MARIA FABIOLA TEPEDINO
EXP. N° 19865
JACKISS