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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y  Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
 Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº  10.
 Caracas,   veinticinco (25 ) de  Febrero de Dos Mil Nueve (2.009).
 Años: 198º y 149º
 
 ASUNTO: AP51-S-2009-001024
 Revisadas las actas que conforman el presente asunto; promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanas ISABEL MAGDALENA DIAZ MOHAMMED, SANDRA MIREYDA ANTUAREZ y MAGALY COROMOTO ORTEGA SALAS, todas de nacionalidad venezolanas; mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 4.846.192, V- 16.005.755 y V- 9.521.761 respectivamente; y cumplidas como fueron las formalidades de ley, esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus  ELDYS ANTONIO GONZALEZ, quien era titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.518.573; a sus hijos los adolescentes (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente); así como a los ciudadanos  ERIKA GONZALEZ BERMUDEZ y  ELDY ANTONIO GONZALEZ BERMUDEZ ( mayores de edad); y a la ciudadana EDILCE FRANCISCA BERMUDEZ ANTUAREZ,  titular de la cédula de identidad N° V- 12.214.680. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante y déjese copia certificada de las presentes actuaciones a los fines legales. Cúmplase lo ordenado una vez la parte interesada aporte los fotostatos respectivos.
 LA JUEZ,
 
 
 ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.                                                               EL SECRETARIO
 
 ABG. PEDRO DUQUE.
 
 
 MRR/PD/JUAN MILLAN
 Titulo Unico Universal de Herederos
 Exp.: AP51-S-2009-001024
 MRR/PD/jlmg.-
 
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