REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 10.
Caracas, 05 de Febrero de 2009.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-020065
Vista la solicitud presentada por la ciudadana NANCY VICMARY SIMOES ANDRADE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 11.002.666, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, en especial la deposición de los testigos CLAUDIA PATRICIA RAMIREZ ROJAS Y OCTAVIO JESUS LOPEZ LEON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos.6.919.384 y V.-6.512.833 respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de-Cujus HECTOR JOAQUIN BARRES USECHE, quien era titular de la cédula de identidad Nº V.-10.893.250, a la ciudadana NANCY VICMARY SIMOES ANDRADE, antes identificada, y a sus hijas (se omiten los nombres conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente). Devuélvase en original todas las actuaciones previa su certificación en autos, y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada en su oportunidad correspondiente, así mismo se acuerda remitir al Coordinador de archivo, copias certificadas de las actuaciones, a los fines de su archivo correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
EL SECRETARIO,
ABG. PEDRO DUQUE
AP51-S-2008-020065
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