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 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Trigésimo tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 20 de febrero del año 2009
 
 
 Asunto: AP21-L-2006-004910
 
 De una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente se observa: Primero: Consta  a los  folios uno (01) al cinco (05)  libelo de demandada por  cobro de prestaciones Sociales  presentada por el ciudadano Rubén González Morales, presentada en fecha 07 de noviembre del año 2006  tal  como consta  de comprobante de recepción de asunto folio ocho (08) del presente expediente.  Así las cosas este Juzgado observa  lo que a continuación se indica  que el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establecen:
 Artículo 201 LOPT:   …” Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el Juez, éste último deberá declarar la perención…”
 Artículo 267 CPC: “… Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
 
 Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día  14 de febrero del año 2008 , no se ha dado impulso procesal al mismo, y hasta la presente fecha de hoy 20 de febrero del año 2009 ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Trigésimo Tercero  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la l Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por  Solicitud de calificación de Despido sigue la ciudadana Rubén González Morales contra  Omar Ramírez  Quintana   Así se Establece.-
 
 REGÍSTRESE,  PUBLÍQUESE  Y ARCHIVESE
 Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Trigésimo Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 20 de Febrero del año 2009.
 LA JUEZ
 Mónica Quintero Aldana
 LA SECRETARIA
 Jetsy Marcano
 NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
 
 
 
 LA SECRETARIA
 
 Jetsy Marcano
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