ASUNTO : KP02-S-2009-000652

Visto el escrito presentado por la Defensoría de Panacea Simón Planas; relacionado con el acto conciliatorio suscrito en fecha 11-04-2007, por los ciudadanos GIOHEMLY RODRIGUEZ y JEAN CARLOS SANCHEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 19.639.048 , 14.334.746, respectivamente, en beneficio de su hijo SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE de 01 año y 01 mes de edad, este Tribunal, le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio de obligación de Manutención de la siguiente manera:


“PRIMERO: El Ciudadano Juan Carlos Sánchez, el padre pagará la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES fuertes (BsF. 300) Mensualmente a partir del día 15 de Diciembre del 2007.
SEGUNDO: El Padre y la Madre aportaran con los gastos médicos, medicina, vestido y otras necesidades del niño.
TERCERO: El Padre pagara la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 600) de bono de fin de año, a los fines de cubrir los gastos de su hijo (vestidos y Juguetes).
CUARTO: La parte conviene en que la obligación de manutención fijada será incrementada por el porcentaje de un 25 % cada 12 meses. “
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos GIOHEMLY RODRIGUEZ y JEAN CARLOS SANCHEZ, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dieciocho (18) días del mes de febrero del dos mil nueve (2.009). Años: 198° y 149°.