REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-012116
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: PASCUAL ANTONIO FRANCO URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.373.603, y de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de QUINIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 520.000,00), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: PASCUAL ANTONIO FRANCO URBINA, sobre unas mejoras o bienhechurías edificadas en un área de MIL SEISCIENTOS QUINCE METROS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS CUATRADOS (1.615,61 Mtrs2) aproximadamente, de los cuales MIL CUARENTA Y SIETE METROS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (1.047,97Mtrs2) aproximadamente, de terreno propio, por compra que le hice a la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara, según consta en documento registrado Bajo Nº: 20 Folios: 01 al 02 Fte., Tomo: 09, de fecha 25 de Marzo del año 1.991, y QUINIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (567,64) aproximadamente, de terreno Ejido, en tramite ante la Alcaldía del Estado Lara para su compra, ubicado en la ZONA INDUSTRIAL III, CALLE D, A SESENTA Y NUEVE CON TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (69,35 MTS2), DEL EJE DE LA CARRERA 2-A, Municipio Iribarren, Parroquia Juan de Villegas del Estado Lara, con las siguientes características de construcción: GALPÓN PRINCIPAL NRO 01: CALIDAD DE LA CONSTRUCCION: Tipo Industrial, SISTEMA CONSTRUCTIVO: Tradicional, FUNDACIONES: Aislada de Concreto Armado, ESTRCTURA: Acero, TECHO Y/O ENTREPISO: Acerolit sobre Perfiles IPN, PAREDES: Bloques de concreto, FRISOS: Sin Frisos Externos e Internos, PINTURA: Caucho Externo e Interno, PISOS: Cemento Rustico, RECUBRIMIENTOS: Cerámica en Baños, PUERTAS: Metálicas Tipo Portón, INSTALACIONES ELECTRICAS: Tipo Industrial, INSTALACIONES SANITARIAS: Embutidas en paredes y losas, ARTEFACTOS SANITARIOS. Color Blanco Económicos, EQUIPOS Y OTROS: Hidroneumático, DISTRIBUCION INTERNA DEL BIEN: PLANTA BAJA: Área de Producción, Oficina con sala de baño, Área de Cocina construida en mampostería armada, Almacén de deposito de herramientas de trabajo, Baños de Obreros, Vestidores, Estacionamiento interno para cuatro (04) vehículos, Patio: posterior sin techar que mide QUINIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (567,64) aproximadamente. PLANTA ALTA: Oficina Administrativa, áreas de oficinas, áreas de descanso del personal de obreros y oficinas de mantenimiento mecánico en construcción. GALPÓN NRO. 2: (ampliación posterior): CALIDAD DE LA CONSTRUCCION: Tipo Industrial, SISTEMA CONSTRUCTIVO: Tradicional, FUNDACIONES: Aislada de Concreto Armado, ESTRCTURA: Acero, TECHO Y/O ENTREPISO: Acerolit sobre Perfiles IPN, PAREDES: Bloques de concreto, FRISOS: Sin Frisos Externos e Internos, PINTURA: Caucho Externo e Interno, PISOS: Cemento Rustico, RECUBRIMIENTOS: Cerámica en Baños, INSTALACIONES ELECTRICAS: Tipo Industrial, INSTALACIONES SANITARIAS: Embutidas en paredes y losas, ARTEFACTOS SANITARIOS. Color Blanco Económicos, DISTRIBUCION INTERNA DEL BIEN. Área general de Producción. EDAD DE LA EDIFICACION: 21 Años, Cercado el galpón en su totalidad, con paredes de bloque y su fachada con enrejado y portón basculante corredizo. Dichas bienhechurías se encuentran alinderadas de la siguiente manera: NORTE: En Cincuenta metros con Diecinueve centímetros (50,19) con terreno que es o fue ocupado por Mario Briceño; SUR: En Cuarenta y Nueve Metros con Noventa y Cinco centímetros (49,95 Mts.), con terreno que es o fue ocupado por Isaac Velásquez; ESTE: Con Veinte Metros con Setenta Centímetros (20,70 Mts.), con terrenos que son o fueron ejidos desocupados y; OESTE: En Veintiún Metros con Quince centímetros (21,15 Mts.), con la calle “D” que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
El Juez
La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Rafael Paredes B.
Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/rccg
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.
La Suscrita Secretaria Accidental del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA, la exactitud de la copia que antecede la cual es el traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT- SUPRA.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. BIANCA ESCALONA.
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