REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de febrero de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-F-2008-000602
Visto que en fecha 09-06-2008, se dictó auto de admisión en el cual se estableció " para que concurra ante este tribunal el TERCER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE, una vez conste en autos su citación..." y, visto que en fecha 12-02-2009, el alguacil consigno el recibo correspondiente a la ciudadana ANA MARGARITA MEJIAS, siendo que debió comparecer al tercer día de despacho siguiente, y no compareció, tal y como fue establecido en el referido auto de admisión y, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
Ahora bien, de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que la demandada no acudió a contestar la solicitud, siendo el tercer día de despacho siguiente, luego de constar en autos su citación que lo fue el día 12-02-2009, por lo cual y de conformidad con el precitado artículo este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA EXTINGUIDO, el presente procedimiento y, así se decide.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veinte días del mes de febrero de dos mil nueve. Años 198ª y 150ª.
Archívese el expediente una vez quede firme la presente decisión.-
El Juez, La Secretaria Acc.,
Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. BIANCA ESCALONA
HRPB/BE/m. elena.
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