REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de febrero de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2008-008773

La ciudadana ANA ROSA CASTAÑEDA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad Nro. 4.738.143, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron en la misma la fecha de su nacimiento como 07 de junio, siendo lo correcto 7 de enero, asentaron su nombre como AURA ROSA, siendo lo correcto ANA ROSA. La solicitud se admitió a sustanciación, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público y publicar edicto.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada y el edicto publicado y consignado, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante ANA ROSA CASTAÑEDA CASTILLO, ya que por error asentaron en la misma la fecha de su nacimiento como 07 de junio, siendo lo correcto 7 de enero, asentaron su nombre como AURA ROSA, siendo lo correcto ANA ROSA. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO AUTONOMO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en el acta de defunción Nro. 382, folio 193, año 1955. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veinte días del mes de febrero del dos mil nueve. Años: 198° y 150°.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA Acc.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
ABG. BIANCA ESCALONA

Publicada en su fecha a las 2:30 p.m.

HRPB/BE/m. Elena.