REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de febrero de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-001748

Vista la solicitud que precede suscrita por la ciudadana BLANCA ROSA GARCIA VALERA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.785.502, de este domicilio, conforme lo cual manifiestan haber construido unas mejoras y bienhechurias sobre un terreno ejido, que mide aproximadamente 128,62 mts. 2, que tiene un valor aproximado de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 300.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias; solicitan que se les declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana BLANCA ROSA GARCIA VALERA, antes identificada sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: El sector Bello Monte kilómetro 11, vía Las Antenas, carretera vía Río Claro, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: En línea de 10,90 mts. con calle vía la Antena que es su frente; SUR: En línea de 6,00 mts. con Ernesto García; ESTE: En línea de 11,80 mts. con Ernesto García y OESTE: En línea de 12,80 mts. con Albino García y Deisy García. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. BIANCA ESCALONA

HRPB/BE/m. elena.