REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de febrero de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-F-2008-001377
Visto que en fecha 08 de Diciembre de 2008, se dictó auto de admisión en el cual se estableció " para que concurra ante este tribunal el TERCER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE, una vez conste en autos su citación..." y, visto que en fecha 18 de Febrero de 2009, la ciudadana ISABEL CRISTINA GOMEZ, parte demandada se dio por citada, siendo que debió comparecer al tercer día de despacho siguiente, tal y como fue establecido en el referido auto de admisión y, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
Ahora bien, de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que la demandada no acudió a contestar la solicitud, siendo el tercer día de despacho luego de constar en autos su citación que lo fue el día 25 de Febrero de 2009, por lo cual y de conformidad con el precitado artículo este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA EXTINGUIDO, el presente procedimiento y, así se decide.
Archívese el expediente una vez quede firme la presente decisión.-
El Juez

Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria

Abg. Luisa A. Agüero E