REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-004830

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ENMA ARMANDA VIRGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 2.532.676, de este domicilio, asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el caserio la Laguna de paja, vía cordero, via principal laguna salada, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de 34790 Mts2, alinderadas de la siguiente manera: NORTE: terreno ocupado por vía Principal Laguna Salada; SUR: Con Jose Chavez; ESTE: terreno ocupado por Dilcia Virguez; OESTE: Con V actor Virguez. Dichas bienhechurias consisten en una casa de bloques, techo de zinc, piso de cemento, cinco habitaciones, sala, cocina, comedor, baño, un tanque de 8.000 litros y una cerca de bloque y alfajol que rodea toda la extensión de tierra. El valor invertido es la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs .F 25.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ORLANDO ROMERO Y EMISAEL MONTERO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana ENMA ARMANDA VIRGUEZ, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez Temporal


KEYDIS YARAIMA PEREZ LOPEZ

El Secretario Acc.


GUSTAVO EMILIO POSADA LOPEZ


KPO/Milagro