REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : KP02-M-2008-000163
Vista la transacción celebrada ante este Tribunal en fecha 12-01-2009 por las partes intervinientes en la presente causa: Abg. JUAN CARLOS RODRIGUEZ SALAZAR, con el carácter de apoderado judicial del Edificio “ESTRADOS”; y el ciudadano JOSE AGUSTIN IBARRA, I.P.S.A. Nos. 80.185 y 56.464, respectivamente; éste Tribunal le imparte su homologación; en consecuencia, téngase la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes. En consecuencia, se da por terminada la presente causa. Archívese el presente expediente y remítase oportunamente al Archivo Judicial Regional.
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,
Abg. Roger Adan Cordero
luzmcs
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO: KP02-M-2008-163
DEMANDANTE: EDIFICIO ESTRADOS
DEMANDADO: JOSE AGUSTIN IBARRA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (vía ejecutiva)
HOMOLOGACION DE TRANSACCION
INTERLOCUTORIA (con fuerza de definitiva)
FECHA 13/02/2009
ABG. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ
El suscrito, Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, Interlocutoria que homologa la transacción celebrada entre las partes en el expediente N° KP02-M-2008-163. Se expide por mandato judicial, en Barquisimeto a los trece días del mes febrero del año de dos mil nueve. Años 198° y 149°.
El Secretario,
Abg. Roger José Adán Cordero
luzmc
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