REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara- Carora
diecisiete de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : KH11-F-2008-000022
La ciudadana NANCY DEL CARMEN TIMAURE DE LAMEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.632.661, de este domicilio, asistida por la Abogado en ejercicio LEOPOLDO NAVAS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.372, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Prefectura de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 10, folio, 5 Vto. f de fecha 8 de Febrero de 1958, por cuanto se incurrió en el error al asentar el nombre de su madre como “ BAUDILIA SISIRUCA”, siendo lo correcto “ BERNARDINA BAUDILIA SISIRUCA.
La solicitud se admitió previa consignación de los recaudos: Partida de Nacimiento de la solicitante, Partida de Nacimiento de la madre y su acta de Matrimonio, datos filiatorios y partida de Bautismo, expedido por la Diócesis de Carora; asimismo se acordó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos presentados, quedó plenamente comprobado el error asentado en el Acta de Nacimiento de la ciudadana NANCY DEL CARMEN TIMAURE DE LAMEDA, y no habiendo objeción por parte del Fiscal VIII del Ministerio Público en relación a lo solicitado, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de la madre de la solicitante como “BERNARDINA BAUDILIA SISIRUCA.” En consecuencia se ordena al Prefecto antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de Nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese. Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 17 de Febrero de 2009. Años 198º y l49º.
El Juez Temporal

Abg. BENERANDO RODIGUEZ PIÑERO

El Secretario Titular

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 166-2009, se publicó siendo las 3:20 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.

El Secretario Titular

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO