REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara- Carora
Veintiséis de febrero de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KH11-S-2008-000106.-
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos JONNY RANGEL GOMEZ CARRASCO, ELADIO ENRIQUE GOMEZ CARRASCO, TERESITA DEL ROSARIO GOMEZ DE SUAREZ, BERTHA ISABEL GOMEZ CARRASCO, YOLANDA DEL SOCORRO GOMEZ CARRASCO, PEDRO JOSE GOMEZ CARRASCO, LEIDA MERCEDES GOMEZ, YILMA JOSEFINA GOMEZ CARRASCO, ARGENIS ISMAEL GOMEZ CARRASCO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 5.916.736, 5.319.601, 4.191.830, 5.925.690, 5.931.660, 5.319.602, 3.947.186, 9.848.755 y 5.937.273, respectivamente, domiciliados en la Urbanización Egidio Montesinos, Calle 18 Riera Silva, con carrera 1-A Fe y Alegría de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, asistidos por el Abogado MIGUEL EDUARDO VASQUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 42.769, de este domicilio, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistente en una casa, constante de Seis (06) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) comedor y un (01) baño, con paredes de bloques de concreto, techo de acerolit, piso de cemento pulido, con un área de construcción de Doscientos Setenta y Un Metros Cuadrados con Veinte Centímetros Cuadrados (271,20 M2), edificada sobre un lote de terreno ejido urbano y con una extensión aproximada de TRESCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (362,27m2), ubicadas en la Urbanización Egidio Montesinos, Calle 18 Riera Silva, con carrera 1-A Fe y Alegría de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela 123-15-08; SUR: Carrera 1-A Fe y Alegría; ESTE: Calle 18 Riera Silva y OESTE: Parcela 123-15-11. Dichas bienhechurías tienen un valor de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs.F 30.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos GERMAN GRATEROL y ALICIA YASMINE COBELAS SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, casado y soltera, titulares de las cédulas de identidad Nºs 5.285.775 y 10.764.546 respectivamente, domiciliados en la Calle Vargas con Calle Riera Silva Nº 08-14 y Calle Riera Silva Nº 08-28 de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado respectivamente. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas que ejercen los ciudadanos JONNY RANGEL GOMEZ CARRASCO, ELADIO ENRIQUE GOMEZ CARRASCO, TERESITA DEL ROSARIO GOMEZ DE SUAREZ, BERTHA ISABEL GOMEZ CARRASCO, YOLANDA DEL SOCORRO GOMEZ CARRASCO, PEDRO JOSE GOMEZ CARRASCO, LEIDA MERCEDES GOMEZ, YILMA JOSEFINA GOMEZ CARRASCO, ARGENIS ISMAEL GOMEZ CARRASCO, antes identificados. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la solicitante.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 26 de Febrero de 2.009. Años: 198º y 149º.-
El Juez Temporal,
Abg. BENERANDO RODRIGUEZ PIÑERO
El Secretario Titular,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registró bajo el N° 189-2009, se publicó siendo las 1:00 p.m. y se expidió copia certificada para archivo.
El Secretario Titular,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
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