JUZGADO DEL MUNICIPIO MORAN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.-

EL Tocuyo, 17 de Febrero del año 2.009
Años: 198° y 149°


Visto el Convenimiento que cursa a los folios Treinta y Cinco (35) y Treinta y Seis (36), de fecha 16 de Diciembre del año 2.008 y 13 de Febrero del 2009, suscrito entre los ciudadanos: YAMILET JEANNETTE URRIETA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V – 11.583.661 y JUAN JOSE VELASQUEZ MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 12.919.167, en el expediente N°: OM –082-03, que por Motivo de Obligación de Manutención, cursa por ante este Tribunal. Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. Y se ordena: Oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Empresa Nestle de Venezuela, Fabrica El Tocuyo a fin de que actualice el aumento de la Obligación de Manutención acordada en el convenimiento ya que es la empresa donde labora el obligado de manutención. Todo de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente.-

El Juez Temporal

Dr. Ramón Álvarez Suárez.
La Secretaria

Dra. Yosglide Duín León
EXPEDIENTE N°: 082-03
SOLICITANTE: YAMILET JEANNETTE URRIETA MUJICA
OBLIGADO: JUAN JOSE VELAZQUEZ MOYA
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION