PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 05 de Febrero de 2009
198º y 149º
EXPEDIENTE: 55.541.

DEMANDANTE: BANCO CONFEDERADO, S. A..

DEMANDADO: S. M. ALIMENTOS KERELA, CARMEN FLORELIA CARDENAS y CARLOS RODOLFO TAURONI ACUÑA.

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA (MEDIDAS)


Conforme a lo ordenado en el Auto de Admisión de la Demanda en la Pieza Principal, SE ABRE el presente Cuaderno de Medidas, téngase para proveer.-

De la revisión de las actuaciones que inician el presente expediente, se observa que la parte actora solicitó en el libelo de demanda se le decretaran Medidas Cautelares de Embargo Preventivo sobre bienes muebles propiedad del cónyuge del demandado; del análisis del libelo y de los instrumentos acompañados se observa que no motiva la procedencia de la medida que solicita, ni consta en autos material probatorio o recaudos que fundamenten, el peligro en la demora o “periculum in mora”; todo ello, apreciados con carácter de verosimilitud; conduce a concluir sin prejuzgar que no están cumplidos los supuestos necesarios y concurrentes para acordar las medida cautelar solicitada, exigidos en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil; en virtud de lo cual se NIEGA, la cautelar solicitada. Y ASI SE DECIDE.-
LA JUEZA TITULAR,

ABOG. ROSA M. VALOR P. LA…
SECRETARIA,


ABG. LEDYS ALIDA HERRERA R.


Exp. 55.541.-
RMV / ymrb.-