Horas de despacho del día de hoy Veinticinco (25) de Febrero del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las 10:43 AM, se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble ubicado en la Urbanización Lomas de Funval, Manzana 4, casa No. V-20, Parroquia Miguel Peña Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la ciudadana Sonia Maritza Torre Acosta, titular de la cedula de identidad No. V-5.384.820, parte actora, asistida por el abogado en ejercicio Alberto Rafael Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.022, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al despacho de comisión, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios del Estado Carabobo, en el cual ordeno Entrega Material, con motivo del Juicio por cumplimiento de contrato de arrendamiento, intentado por la parte actora ya identificada contra la ciudadana Mónica Estela Zapata Rodríguez. Seguidamente interviene la parte actora asistida de abogado y expone: “Solicito al Tribunal cumpla con el despacho de comisión”. A continuación el Tribunal notifica de la misión a cumplir a la demandada Mónica Estela Zapata Rodríguez, titular de la cedula de identidad No. V-18.935.965, la misma procede a retirar los bienes muebles de su propiedad y a trasladarlos bajo su riesgo y responsabilidad. El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, hace Entrega Material del inmueble objeto de juicio a la parte actora ciudadana Sonia Maritza Torres Acosta, asistida de abogado y expone: “Recibo el inmueble de mi propiedad en estado de hacerle reparaciones varias de electricidad, plomería, mantenimiento de pintura. Dejo constancia que faltan las lámparas, presenta filtraciones varias y en general bastante deteriorado. Asimismo dejo constancia que recibo el inmueble libre de personas y bienes”. A continuación interviene la demandada y expone: “Informo que los bienes muebles de mi propiedad serán trasladados hasta la manzana 2, casa No. 3, de esta misma urbanización. El Tribunal deja constancia que cuenta con la custodia policial de dos (02) funcionarios adscritos a la Policía del Estado Carabobo U.T.A.O al mando del Cabo Primero Enrique Lugo, placa 4747, con la unidad RP-4-447, igualmente ese Juzgado considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente da por concluido el acto y se restituye a su Sede. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
La Juez Titular
(Firma llegible)
Abog.Lucia D’Angelo Parte Actora
(Firma llegible)
Abogado Asistente
Parte Demandada (Firma llegible)
(Firma llegible)
Custodia Policial
(Firma llegible)
La secretaria
(Firma llegible)
Abog.Yasmila Faria