REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 04 de Febrero de 2009
198° y 149°
Por recibida la anterior Solicitud de Consignación Arrendataria y sus anexos, suscrita por la ciudadana RAYDA ROSALIA MENDEZ SARRAMERA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº. 5.331.750, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.903, en fecha 26 de Enero de 2009, donde consigna planilla de Deposito N°. 23066537, del Banco de Venezuela, depositado en la cuenta corriente de este Tribunal, por la cantidad de: TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 350,00), en beneficio del ciudadano: ALFREDO RENATO SANCHEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 4.555.351. Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. Se ADMÍTE cuanto ha lugar en derecho, la presente Solicitud de Consignación de Arrendamiento, en razón de las consignaciones mensuales de alquiler que ha de depositar, la ciudadana RAYDA ROSALIA MENDEZ SARRAMERA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº. 5.331.750, en su carácter de arrendataria, en beneficio del ciudadano ALFREDO RENATO SANCHEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 4.555.351, se ordena oficiar al Banco de Venezuela, a los fines de aperturar una cuenta de ahorro a nombre del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA y expídase cheque de la Cuenta Corriente del Tribunal, por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 350,00). Notifíquese a la parte beneficiaria mediante boleta. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la notificación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese oficio.
El Juez Titular,
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se le dio entrada bajo el Nº 264-09, se libro Oficio Nº 22-107-44-125-09 al Banco de Venezuela, Agencia Mariara, Estado Carabobo, cheque N°_____________, y recibo.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
El Alguacil,
Exp. Nº 264-09
ALA/JPPT/Gladys