REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, Nueve de Febrero de Dos mil Nueve.
197º y 148º
ASUNTO: GP02-L-2007- 001702
Visto que las partes voluntariamente, en fecha 25 de Noviembre de 2008, consignan por la U.R.D.D. de este Circuito Laboral acuerdo, este Tribunal, una vez revisada la manifestación de voluntad, HOMOLOGA EL ACUERDO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, en los términos como fue establecido en el contenido del mismo, otorgándole fuerza de cosa juzgada, en tal sentido este tribunal ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ
Abog: NORIS B GODOY V.
La Secretaria
Abg. ANNERIS NORMAN
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