| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal  Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, Seis de Julio de dos mil nueve
 198º y 150º
 
 ASUNTO: AP21-L-2009-001267
 
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001267
 PARTE ACTORA: CARLOS ESTEBAN VARGAS LABRADOR
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALIRIO ARTURO GOMEZ HERNANDEZ, RAYSABEL GUTIERREZ HENRIQUEZ, PATRICIA YAMILET ZAMBRANO, MIRNA PRIETO, XIOMARIS CASTILLO, MARIA CORREA, WILLIAM GONZALEZ, FABIOLA ALVAREZ, JUAN NETO, GABRIELA RUIZ, MARJORIE REYES, JOSETTE MAGGIE GOMEZ HENRIQUEZ, MAYERLING JUNCO, DANIEL ALBERTO GINOBLE GOMEZ, LUISSANDRA MARTINEZ, MARIANA LINARES, MAURI BECERRA, MARIANA REVELES, LUISSANDRA BELLORIN, RONALD AROCHA BOSCAN, THAHIDE PIÑANGO SOJO, MARYORI PARRA, CARLOS CARABALLO-GAVIDIA
 PARTE DEMANDADA: ORGANIZACION ITALCAMBIO C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YENY KASBAR
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy seis de julio de dos mil nueve, siendo las 8:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada ORGANIZACION ITALCAMBIO C.A; representada por YENY T KASBAR, inscrita en el IPSA bajo el N° 120.778; Asimismo se  deja expresa constancia de que la parte actora CARLOS ESTEBAN VARGAS LABRADOR, no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE  REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
 La Jueza
 
 
 Abg. Vilma Leal.
 
 La Apoderada de la Parte demandada.
 
 El Secretario.
 
 Abg. Oscar Rojas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 |