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ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003144
 PARTE ACTORA: EDUARDO JOSE APONTE GAMBOA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
 PARTE DEMANDADA: FARMACIA LOVALLE C,A (LOCATEL)
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROBERTO ALI COLMENARES
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de julio de dos mil nueve, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, situación contraria con la parte demandada, que compareció por intermedio de su apoderado judicial, abogado en ejercicio ROBERTO ALI COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.764 quien acredita la representación mediante la consignación de instrumento poder; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
 
 
 El Juez
 
 
 Abg. Neyiree Toledo
 
 Parte Demandada
 
 
 
 
 
 La Secretaria
 
 
 
 
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