REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 12
Caracas, veintiuno de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-012514
Recibida por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) la presente solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes presentada por los ciudadanos JESUS OSCAR AMPUEDA DURAN y FRINE FANTINA SANCHEZ BRANDT, ambos de nacionalidad Venezolana, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.095.719 y V-10.699.135, respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. RAFAEL ROBERTO LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.762; esta Juez Unipersonal N° 12, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA dicha SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que requieran las partes. La Secretaria suscribirá las mismas en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
DRA. SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA MIRELES
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