REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP41-U-2009-000188.
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día siete (07) de julio de 2009, por la ciudadana LUISA KARELIA GONZALEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 30.348, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “PLASTICOS GUARENAS, C.A.”, y por cuanto la Prueba en el contenida, no es manifiestamente ilegal ni impertinente, SE ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de la prueba promovida y admitida se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO I (DOCUMENTALES)
Los documentos señalados en el escrito de Promoción de Pruebas ya se encuentran agregados a los autos.
LA JUEZA PROVISORIA,
BEATRIZ B. GONZÁLEZ. LA SECRETARIA TITULAR,
YANIBEL LOPEZ RADA.
Asunto: AP41-U-2009-000188
BBG/Boris
|