REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 22 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AH1A-S-2008-000140
MOTIVO: Divorcio 185-A del Código Civil
PARTES: CARLOS ANTONIO VEGAS PEREZ y MARIA LUISA MONAGAS VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 1.972.781 y V- 2.964.068, respectivamente.
ABOGADA APODERADA: LESBIA CORONADO FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.365.
Se inicia el presente procedimiento por escrito presentado por la ciudadana LESBIA CORONADO FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.365, actuando en representación del ciudadano CARLOS ANTONIO VEGAS PEREZ, y asistiendo a la ciudadana MARIA LUISA MONAGAS VASQUEZ, identificados en el encabezamiento del presente fallo. Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio en fecha catorce (14) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernandino, Municipio Libertador del Distrito Capital, establecieron su último domicilio conyugal en la siguiente dirección: Avenida Bogotá, Edificio Zeina, Piso 1, Apartamento Nº 12, Urbanización los Caobos, Caracas, se encuentran separados de hecho desde el veinte (20) de mayo del dos mil (2000), y habiéndose producido una ruptura prolongada de más de cinco (05) años, es por lo que solicitan de este Juzgado declare su Divorcio, según lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, durante la unión matrimonial no procrearon hijos.
Admitida la presente solicitud en fecha veintidós (22) de octubre de dos mil ocho (2.008), se ordenó la notificación a la Fiscal del Ministerio Público.-
En fecha ocho (08) de junio de dos mil nueve (2009) la Juez quien suscribe se avocó al conocimiento de la presente causa y se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha treinta (30) de junio de dos mil nueve (2009), la abogada GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima (100ª) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, compareció al Tribunal y expuso que esta representación Fiscal, nada tiene que objetar e imparte su opinión favorable...
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Establece el Artículo185-A, del Código Civil lo siguiente:
“...Cuando los cónyuges han permanecido separado de hecho
por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá --
Solicitar el Divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida-
en común…”
Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente transcrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, concluye este Juzgador, que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar en derecho. Y ASI SE DECIDE.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos CARLOS ANTONIO VEGAS PEREZ y MARIA LUISA MONAGAS VASQUEZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha, catorce (14) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernandino, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Publíquese y Regístrese.
Notifíquese a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.- Años 199º de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ,


Abg. MARIA CAMERO ZERPA

LA SECRETARIA,


JENNY GONZALEZ FRANQUIS

MCZ/JGF/sdms.
Asunto: AH1A-S-2008-000140