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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 
 Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, tres de julio de dos mil nueve
 199º y 150º
 
 ASUNTO : AP31-F-2009-001591
 Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos Sandra Liliana Forero Bayona y Julián Henrique Hernando Díaz, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 14.203.708 y 13.112.440 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada Eva Cifuentes Gruber, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.781, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena  del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, Sandra Liliana Forero Bayona y Julián Henrique Hernando Díaz, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 30/06/09, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
 EL JUEZ
 
 NELSON GUTIERREZ CORNEJO
 LA SECRETARIA
 
 KAREN SANCHEZ OSUNA
 
 
 
 
 
 
 
 
 NGC/KSO/Jinneska G.-
 
 
 
 
 
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